miércoles, 15 de agosto de 2012


SISTEMAS DE INFORMACIÓN 





BIENVENIDOS AL CURSO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN






DR. JESÚS FRANCISCO GUTIERREZ OCAMPO



MI NOMBRE ES DIEGO IVAN PEREZ CERON , Y EN ESTA OCASION, SERA UNA GRAN SATISFACCION PARA MI PODER PARTICIPAR COMO ALUMNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA. 



BUSCADOR SISTEMAS DE INFORMACION

UNIDAD 1

Nombre de la unidad: Teoría General de Sistemas
Competencia: Aplicar el enfoque de sistemas utilizando la teoría general para el análisis de problemas, con actitud propositiva y sentido critico

Contenido temático:

Concepto de sistema
Principios de los sistemas
Clasificación de los sistemas
Características de los sistemas
Enfoque de sistemas
Duración 80 hrs

Concepto de sistema

Sistema de información (SI) es un conjunto de elementos orientados al tratamiento y administración de datos e información, organizados y listos para su posterior uso, generados para cubrir una necesidad (objetivo). Dichos elementos formarán parte de alguna de estas categorías:
  • Personas.
  • Datos.
  • Actividades o técnicas de trabajo.
  • Recursos materiales en general (típicamente recursos informáticos y de comunicación, aunque no tienen por qué ser de este tipo obligatoriamente).
Todos estos elementos interactúan entre sí para procesar los datos (incluyendo procesos manuales y automáticos) dando lugar a información más elaborada y distribuyéndola de la manera más adecuada posible en una determinada organización en función de sus objetivos.
Normalmente el término es usado de manera errónea como sinónimo de sistema de información informático, en parte porque en la mayoría de los casos los recursos materiales de un sistema de información están constituidos casi en su totalidad por sistemas informáticos, pero siendo estrictos, un sistema de información no tiene por qué disponer de dichos recursos (aunque en la práctica esto no suela ocurrir). Se podría decir entonces que los sistemas de información informáticos son una subclase o un subconjunto de los sistemas de información en general.


.2 Principios de los sistemas
La Teoría General de Sistemas (TGS) ha sido descrita como: - una teoría matemática convencional - un metalenguaje - un modo de pensar - una jerarquía de teorías de sistemas con generalidad creciente 
Ludwig von Bertalanffy, quien introdujo la TGS, no tenía intenciones de que fuera una teoría convencional específica. Empleó ese término en el sentido de un nombre colectivo para problemas de sistemas. 
Siempre que se habla de sistemas se tiene en vista una totalidad cuyas propiedades no son atribuibles a la simple adición de las propiedades de sus partes o componentes. 
En las definiciones más corrientes se identifican los sistemas como conjuntos de elementos que guardan estrechas relaciones entre sí, que mantienen al sistema directo o indirectamente unido de modo más o menos estable y cuyo comportamiento global persigue, normalmente, algún tipo de objetivo (teleología). Esas definiciones que nos concentran fuertemente en procesos sistémicos internos deben, necesariamente, ser complementadas con una concepción de sistemas abiertos, en donde queda establecida como condición para la continuidad sistémica el establecimiento de un flujo de relaciones con el ambiente. 
A partir de ambas consideraciones la TGS puede ser desagregada, dando lugar a dos grandes grupos de estrategias para la investigación en sistemas generales: 
Las perspectivas de sistemas en donde las distinciones conceptuales se concentran en una relación entre el todo (sistema) y sus partes (elementos). 
Las perspectivas de sistemas en donde las distinciones conceptuales se concentran en los procesos de frontera (sistema/ambiente).
En el primer caso, la cualidad esencial de un sistema está dada por la interdependencia de las partes que lo integran y el orden que subyace a tal interdependencia. En el segundo, lo central son las corrientes de entradas y de salidas mediante las cuales se establece una relación entre el sistema y su ambiente. Ambos enfoques son ciertamente complementarios. 


1.3 Clasificación de sistemas


Los sistemas de información, de manera general se pueden clasificar de tres formas según sus propósitos generales, en este sentido Peralta (2008) clasifica los sistemas de información en tres tipos fundamentales: (1) Sistemas transaccionales; (2) Sistemas de Soporte a la Toma de Decisiones, Sistemas para la Toma de Decisión de Grupo, Sistemas Expertos de Soporte a la Toma de Decisiones y Sistema de Información para Ejecutivos y (3) Sistemas estratégicos.
Sistemas transaccionales: Son Sistemas de Información que logran la automatización de procesos operativos dentro de una organización ya que su función primordial consiste en procesar transacciones tales como pagos, cobros, entradas, salidas, etc.
Sistemas de Soporte a la Toma de Decisiones, Sistemas para la Toma de Decisión de Grupo, Sistemas Expertos de Soporte a la Toma de Decisiones y Sistema de Información para Ejecutivos: Son Sistemas de Información que apoyan el proceso de toma de decisiones.
Sistemas Estratégicos: Son sistemas de información desarrollado en las organizaciones con el fin de lograr ventajas competitivas, a través del uso de la tecnología de información.
En dependencia del enfoque (tres en total), según reporta Peña (2006), los sistemas de información se pueden agrupar en una cierta clasificación, que brinda una idea esencial de su estructura y funcionamiento.
1.4 Características de los sistemas 
Un sistema es un conjunto de objetos unidos por alguna forma de interacción o Interdependencia. Cualquier conjunto de partes unidas entre sí puede ser considerado un sistema, desde que las relaciones entre las partes y el comportamiento del todo sea el foco de atención. Un conjunto de partes que se atraen mutuamente (como el sistema solar), o un grupo de personas en una organización, una red industrial, un circuito eléctrico, un computador o un ser vivo pueden ser visualizados como sistemas. Realmente, es difícil decir dónde comienza y dónde termina determinado sistema. Los límites (fronteras) entre el sistema y su ambiente admiten cierta arbitrariedad. El propio universo parece estar formado de múltiples sistema que se compenetran. Es posible pasar de un sistema a otro que lo abarca, como también pasar a una versión menor contenida en él. De la definición de Bertalanffy, según la cual el sistema es un conjunto de unidades recíprocamente relacionadas, se deducen dos conceptos: el propósito(u objetivo) y el de globalizo(o totalidad. Esos dos conceptos reflejan dos características básicas en un sistema. Las demás características dadas a continuación son derivan de estos dos conceptos.

FORO DE SISTEMAS DE INFORMACION



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                           Revealer Keylogger


Revealer Keylooger es una utilidad que te permitirá controlar y grabar todos los textos que se introducen en un ordenador. Textos como páginas web, conversaciones e incluso usuarios y contraseñas.
Concretamente, el programa se encarga de registrar cualquier texto seguido de la tecla Enter. Ya sea un texto introducido en el navegador, en un e-mail, en un documento o en un programa de mensajería. Revealer Keylogger lo guarda todo.
Cada uno del os registros está clasificado e identificado con su fecha de creación, el proceso o aplicación en la que se ha introducido el texto, un título descriptivo y el texto en sí.




Keyloggers KeyGhost USB funcionan mediante el registro de tráfico USB en hardware. No hay necesidad de instalar software para grabar o recuperar las pulsaciones de teclado en la PC o Mac.

- Fácil de usar, sólo KeyGhost enchufe para el teclado y grabar todas las pulsaciones de teclado USB escrito en ese teclado. Se puede conectar independientemente de si PC está encendido o apagado.

- Dispositivos de KeyGhost son portátiles. Pulsaciones de tecla se puede grabar en un equipo y recuperado en otro.

- Si un teclado USB funciona cuando se conecta a su computadora, entonces KeyGhost también funciona cuando está conectado al teclado. KeyGhost registre todas las pulsaciones de teclas, independientemente de si está conectado entre el teclado y el PC, Mac o un concentrador externo.

- Todas las pulsaciones de teclado se graba en silencio interno KeyGhost chip de memoria flash (hasta 2.000.000 golpes de teclado con el cifrado 128-bit)!

- Keyloggers KeyGhost USB son compatibles con todos los PC y los sistemas operativos de Mac que se ejecutan en un PC o Mac. I.E. Son compatibles con Windows 98SE, ME, NT, XP, 2000, Vista, Linux, DOS, OS / 2, Mac OS X Tiger, Leopard, etc

- El KeyGhost USB Keylogger utiliza el genérico HID controladores de dispositivos de teclado y los controladores USB Dispositivo compuesto integradas en todos los sistemas operativos compatibles con teclados USB.

- Hay alerta "enumeración" no USB al iniciar sesión en el dispositivo KeyGhost, ... el "fantasma" del menú aparecerá al instante y en silencio!

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Hackeo etico







                   

winAUTOPWN – Ataques automáticos de entornos Windows




El funcionamiento de winAUTOPWN no es complicado, primero escanea los puertos del puerto 1 al 65535 en busca de servicios activos en el sistema, si encuentra algún servicio, busca en su base de datos algún exploit para ese servicio e intenta explotarlo y si el ataque tiene éxito nos entrega una shell del sistema (fácil.. ¿no?).
Además de lo antes mencionado (que no es poco), winAUTOPWN nos ofrece las siguientes características:
  • El escaneo de puertos es multi hilo (con el aumento en velocidad que esto representa)
  • No se basa en el banner arrojado por el servicio (para evitar ser engañado por este)
  • Incluye los  en binario para una gran cantidad de vulnerabilidades.
Los invito a probar esta herramienta que se actualiza constantemente y puede ahorrarnos mucho tiempo, si necesitamos testear la  de muchas maquinas Windows.

Infraestructura de los Sistemas de Información Internacionales


INTRODUCCIÓN
En este documento hablaremos de los sistemas de información internacional y su infraestructura.
 Hoy en día los sistemas de información hacen más fácil el comercio internacional ya que con las características del software se facilitan las operaciones de exportación e importación y de esta manera se simplifican todos los procesos, se bajan los costos y hay más seguridad en las transacciones. Estas facilidades y otras más son parte de una estructura adoptada por los gobiernos y las empresas y han surgido éxitos gracias a esta modernización.



CONTENIDO
 INFRAESTRUCTURA  DE  LOS  SISTEMAS  DE INFORMACIÓN   INTERNACIONALES
 La infraestructura significa el conjunto de las fuerzas de producción (medios de producción, fuerza de trabajo o capacidad físico - intelectual de los trabajadores) y de las relaciones de producción (formas de propiedad, organización de las clases sociales, sistemas de repartición de los ingresos). Con la revolución industrial este concepto cambia a "infraestructura de las telecomunicaciones" y de está a "infraestructura informática". El internet amplio más la infraestructura y con esto la infraestructura informática cambio a "infraestructura de los sistemas de información", este significado de infraestructura es el que ha sostenido las relaciones internacionales sobre los accesos Internet mundiales, donde se trató de tasas de crecimiento de las redes, así como del número de servidores, de POP locales, de puntos de acceso, de conexión física, de cibercafés, de ordenadores por habitante, de mercado del software, etc.
La relatividad de la necesidad y de la importancia atribuida a la infraestructura, a causa del costo elevado o del descenso de rentabilidad de aquella, varias empresas prefieren así desarrollarse y especializarse en los servicios que se cree darán un trabajo permanente, antes que proseguir la actividad de producción de los equipamientos considerada comercialmente muy restrictiva.
La diversidad tecnológica y su diversificación (acceso por cable y por satélite) concurren a la complejidad y al progreso constante de la infraestructura. El despliegue óptimo de las infraestructuras se vuelve de este modo tributario del desarrollo de las competencias y necesita la formación de recursos humanos.
Grandes inversiones son esperadas para la investigación y la instalación de las infraestructuras pesadas. Lo que precipita a los países en desarrollo “sin dinero” no solamente a alianzas complicadas con diferentes donantes y diversas empresas del Norte, sino también a negociaciones regionales generalmente muy largas en torno a estatutos o formas jurídicas de las sociedades llamadas a administrar proyectos de infraestructuras regionales.
El acceso a la información generada por las organizaciones internacionales es —en nuestro mundo globalizado— una necesidad para numerosos grupos de usuarios, que van desde los medios de comunicación, gobiernos, ámbito científico y desde luego ciudadanos que necesitan conocer sus derechos y obligaciones cada vez más en un marco internacional.
Los objetivos globales de un Sistema Internacional de Información/SII nos vienen dados por la propia definición que hacemos de los mismos: Conjunto de servicios, programas y medios de información que ayudan a las Organizaciones Internacionales/OI a cumplir los objetivos que tienen encomendados en sus cartas fundacionales. Es decir, el objetivo global de un SII es servir a los intereses de la organización a la que pertenece.

Clasificación de las características de un SII
A. Organización Internacional:
a.1 Coop1eración.
a.2 Financiación.
b.1 Documentación Internacional.
Servicios todos ellos implicados en el Sistema de Información y que, conforme a la estructura que estamos presentando de acuerdo a la TGS, conforman a su vez subsistemas. Desde el punto de vista de la Teoría General de Sistemas que nos resulta útil de aplicar al estudio de los SII, estos servicios técnicos son a su vez subsistemas del sistema central. Entre ellos encontramos los siguientes:
1. Subsistema Editorial. Aglutina los diferentes servicios de publicaciones y de distribución de documentos.
2. Subsistema de Comunicación. Que dirige y coordina los servicios de prensa, servicios de portavoz, servicio de relaciones públicas de la Organización Internacional en cuestión, y servicios de relaciones con la prensa y de visitas.
3. Subsistema Lingüístico. Servicios de Traductores e Intérpretes. Servicios de traducción y Bancos de datos terminológicos.
4. Subsistema de Bases de Datos Documentales. Es vital para todo el Sistema de Información. Colabora muy estrechamente con el Sistema Informático de la organización, es de enorme importancia para toda la organización en general, y muy especialmente para el funcionamiento y gestión del Sistema de Información, puesto que de él depende la gestión de las bases de datos automatizadas del Sistema de Información.
Está implicado en la creación y el mantenimiento de:
– Las redes de comunicación.
– El diseño y el mantenimiento técnico de las bases de datos o productos en CD ROM, DVD, etc.
– Creación y uso de normas internacionales de comunicación.
5. Subsistema Estadístico. Es el sistema de control, gestión y producción de datos estadísticos.
6. Subsistema Archivístico. Agrupa los servicios de archivos de gestión y archivos históricos.
7. Subsistema Museográfico. Gestiona el patrimonio museográfico de la organización, su conservación y difusión, por medio de catálogos, guías, folletos y exposiciones.
8. Subsistema Bibliográfico. Agrupa los servicios de bibliotecas, centros de documentación, centros de información, entre otros, y la gestión de las Fuentes de Información Bibliográfica.
Los SII se distribuyen por todo el entramado institucional de las Organizaciones Internacionales, pudiendo recaer la financiación y la gestión en el órgano administrativo, como ocurre en las Organizaciones Internacionales que presentan un grado importante de centralización como es el caso de Naciones Unidas. El Sistema de Información Internacional se distribuye de forma descentralizada financiera y administrativamente por las diferentes instituciones comunitarias, lo que obliga a un mayor esfuerzo de cooperación en la gestión de los recursos y de la información.
Es decir, la organización administrativa de los SII presenta una estructura bastante similar, pudiendo recaer la gestión de los mismos en la institución administrativa de la organización o distribuirse de forma descentralizada por diferentes instituciones de la organización.
Los Sistemas de la información internacional son, en un sentido amplio, todos los ciudadanos de los países miembros integrantes de la organización. Es importante por tanto estar en condiciones de atender todas las demandas de información y comunicación que puedan ser planteadas para lo que las Organizaciones Internacionales se han dotado de mecanismos suficientes para cubrirlas. Pero para poder atenderlo, tenemos que clasificar los tipos de necesidades. Para ello tendremos en cuenta el número de usuarios potenciales, las lenguas, los niveles de información requeridos por los diferentes tipos de usuarios y los grados de cooperación documental que serán establecidos, para poder satisfacer las necesidades de información de los mismos. En este cometido, el estudio de usuarios como técnica específica de los Sistemas de Información se revela como una potente herramienta para el conocimiento y mejora de los mismos, cuyo objetivo final estará siempre en relación con el servicio de las hacia unos usuarios en concreto, además, nos encontramos con una característica también común a todos los Sistemas de Información de las Organizaciones Internacionales, con usuarios internos y usuarios externos del sistema. El conjunto de recursos humanos y materiales que dotan a los servicios de información de las Organizaciones Internacionales de sus peculiaridades y que los convierten en una tipología específica, lo hemos caracterizado en dos estructuras fundamentales desde las cuales dichos sistemas son representativos; también dos modelos diferentes de configuración de los mismos:
– Sistemas Internacionales de Información de carácter centralizado.
– Sistemas Internacionales de Información de carácter descentralizado.

*UNA PREGUNTA
¿Cómo pueden apoyar los sistemas de información a  las diversas estrategias de negocios internacionales?
Hay una conexión entre la estrategia de la empresa y el diseño de sistemas de información.
Las empresas transnacionales deben desarrollar configuraciones de sistemas conectados en red y permitir la descentralización considerable de desarrollo y operaciones. Los franquiciatarios casi siempre duplican los sistemas a través de muchos países y emplean controles financieros centralizados. Las multinacionales suelen confiar en la independencia entre las unidades extranjeras con algún movimiento hacia el desarrollo de redes. Por lo común, los exportadores nacionales se centralizan en oficinas principales nacionales con algunas operaciones descentralizadas permitidas.

Swazilandia. Mexico. China. Kuwait.
Tel.cel. 732,700 (2009) 91,363 millones (2009) 859 millones (2009) 4,4 millones (2009)
Usuarios int. 90,100 (2009) 31,02 millones (2009) 389 millones (2009) 1,1 millones (2009)
Usuarios int. 2,706 (2010) 15,165 millones (2010) 19,772 millones (2010) 2,730 (2010)

Gartner
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CIOs pasan 23% del total de presupuesto de TI en outsourcing



Las organizaciones de TI que contratan necesitan recursos internos para gestionar sus contratos, pero a menudo no están seguros de cómo muchas personas son necesarias para negociar y gestionar correctamente los servicios de terceros. Gartner IT métricas clave Data 2012 las investigaciones indican 5,5 millones de dólares de outsourcing de TI gastan es administrado por ETC gestión de proveedores.


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Qué es el phishing y cómo protegerse.
Seguro que estos últimos meses lleva escuchando en los medios de comunicación varias veces la palabra “Phishing” y además relacionándolo la mayoría de la veces con la banca por Internet. Debido a la confusión que existe en algunos internautas noveles y a algún medio de comunicación, que puede llevar a confusión al internauta por el tratamiento de las noticias de forma alarmista, donde incluso se puede deducir que la banca online no es segura, dejando en entredicho la seguridad de las entidades bancarias. Por todo esto, la Asociación de Internautas quiere explicar que es el Phishing y cómo protegerse del mismo.

28-05-2005 - ¿Qué es el Phishing?
El "phishing" es una modalidad de estafa con el objetivo de intentar obtener de un usuario sus datos, claves, cuentas bancarias, números de tarjeta de crédito, identidades, etc. Resumiendo "todos los datos posibles" para luego ser usados de forma fraudulenta.



¿En que consiste?
Se puede resumir de forma fácil, engañando al posible estafado, "suplantando la imagen de una empresa o entidad publica", de esta manera hacen "creer" a la posible víctima que realmente los datos solicitados proceden del sitio "Oficial" cuando en realidad no lo es.

¿Cómo lo realizan?
El phishing puede producirse de varias formas, desde un simple mensaje a su teléfono móvil, una llamada telefónica, una web que simula una entidad, una ventana emergente, y la más usada y conocida por los internautas, la recepción de un correo electrónico. Pueden existir mas formatos pero en estos momentos solo mencionamos los más comunes;

- SMS (mensaje corto); La recepción de un mensaje donde le solicitan sus datos personales.

- Llamada telefónica; Pueden recibir una llamada telefónica en la que el emisor suplanta a una entidad privada o pública para que usted le facilite datos privados. Un ejemplo claro es el producido estos días con la Agencia Tributaria, ésta advirtió de que algunas personas están llamando en su nombre a los contribuyentes para pedirles datos, como su cuenta corriente, que luego utilizan para hacerles cargos monetarios.


- Página web o ventana emergente; es muy clásica y bastante usada. En ella se simula suplantando visualmente la imagen de una entidad oficial , empresas, etc pareciendo ser las oficiales. El objeto principal es que el usuario facilite sus datos privados. La más empleada es la "imitación" de páginas web de bancos, siendo el parecido casi idéntico pero no oficial. Tampoco olvidamos sitios web falsos con señuelos llamativos, en los cuales se ofrecen ofertas irreales y donde el usuario novel facilita todos sus datos, un ejemplo fue el descubierto por la Asociación de Internautas y denunciado a las fuerzas del Estado: Web-Trampa de recargas de móviles creada para robar datos bancarios.




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FOTOS REALES DEL PRODUCTO

Este dispositivo es el resultado de varios años de investigación y desarrollo, y afecta a las máquinas tragaperras, video, frutales, 8 forros, maestros cereza, olla o de oro, sorteos y muchas otras máquinas de juego en todo el mundo y ha sido probado en los EE.UU., Canadá, México, América del Sur, Europa, Australia, Nueva Zelanda y algunas partes de Asia. Afecta a las máquinas que aceptan monedas, billetes, tarjetas y máquinas que pago en monedas, dinero en efectivo, billetes y créditos. Si usted ha visto a otras personas que golpean bote tras bote, entonces éste es probablemente el dispositivo que ha estado usando. Se puede ocultar de la vista en un paquete de cigarrillos, lata Altoids, cartera, etc .. (paquete de cigarrillos, Altoids estaño, bolso no incluido) Sólo afecta a la máquina en la que está jugando.

Esta nueva versión incluye los siguientes cambios:

1. PEQUEÑO SIEMPRE, 10% más pequeño que la versión anterior
2. ANTENA INTERNA
3. El poder se ha más que duplicado
4. Super STEALTH TECNOLOGÍA



Cómo influyen las patentes en su empresa de comercio-e

Las patentes no son sólo para grandes empresas ni para alta tecnología. Algunas de las empresas más exitosas de comercio-e han utilizado patentes para métodos comerciales e invenciones de baja tecnología.

Las patentes pueden ayudar a su empresa de comercio-e de distintas maneras.

éstas son sólo algunas de las ventajas de las patentes, que no benefician únicamente a las empresas de comercio-e, sino que son especialmente importantes para ellas, porque, en los países en que la protección por patente está disponible para esos campos de la tecnología, el comercio-e está estrechamente vinculado con temas que han sido recientemente objeto de intensa actividad en materia de patentes: telecomunicaciones, semiconductores, métodos comerciales y programas informáticos.

Las patentes son importantes para el comercio-e debido a la cantidad de concesión de licencias, contratación externa, delegación a terceros y relaciones estratégicas que intervienen en esa actividad comercial.

Podrá usted considerar la posibilidad de aplicar en su empresa un programa para incentivar a los empleados a realizar invenciones. En los países que no cuentan con legislación sobre remuneración por las invenciones de los empleados, esos programas son comunes en las grandes empresas y por lo general consisten en un premio, en acciones y/o efectivo que se da a un empleado o equipo de empleados que producen invenciones. Por lo general, los premios se entregan en etapas, un pequeño premio se da en el momento en que el empleado presenta la divulgación de la invención a la persona de la empresa que se encarga de esta tarea, otro se da cuando se presenta la solicitud de patente, y otro cuando se emite la patente; el incentivo más importante se da al final. Los anuncios públicos y las ceremonias de premiación son buenas maneras de generar entusiasmo y alentar la creatividad.

Por lo general, las patentes se presentan en primer lugar en la oficina de patentes del propio país, pero también se puede presentar una solicitud de patente en la oficina nacional de patentes de la mayoría de los países o, si se cumplen las condiciones necesarias, presentarla en virtud del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (el PCT), por conducto de la Oficina Internacional de la OMPI. Con el PCT usted podrá presentar solicitudes de patente en varios países. También hay oficinas regionales de patente, como la Oficina Europea de Patentes (OEP), la Oficina de Patentes del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG), la Organización Regional Africana de la Propiedad Industrial (ARIPO) y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI). Véase: "Cómo proteger los derechos de propiedad intelectual de su PYME en el extranjero".


¿Qué es la OMPI?

Nuestra misión es promover la innovación y la creatividad al servicio del desarrollo económico, social y cultural de todos los países, por medio de un sistema internacional de propiedad intelectual equilibrado y eficaz.
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el organismo del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas dedicado al uso de la propiedad intelectual (patentes, derecho de autor, marcas, diseños (dibujos y modelos), etc.) como medio de estimular la innovación y la creatividad.

Fomentamos el desarrollo y el uso del sistema internacional de P.I. por medio de:

Servicios - administramos sistemas que facilitan la obtención de protección a nivel internacional para las patentes, las marcas, los diseños y las denominaciones de origen, y la solución de controversias de P.I.
Legislación - contribuimos a desarrollar el marco jurídico internacional de P.I. en concordancia con las necesidades de la sociedad a medida que éstas evolucionan.
Infraestructura - creamos redes de colaboración y plataformas técnicas, entre las que figuran bases de datos y herramientas gratuitas para el intercambio de información, a fin de compartir conocimientos y simplificar las transacciones de P.I.
Desarrollo - fortalecemos las capacidades de uso de la P.I. en favor del desarrollo económico.
Asimismo, colaboramos con nuestros Estados miembros y sectores interesados para dar a conocer más adecuadamente la P.I. y cultivar su respeto a escala mundial.  Proporcionamos estadísticas y análisis económicos, y contribuimos a hallar soluciones basadas en la P.I. para afrontar los desafíos mundiales.



¿Qué es la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual (P.I.) tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos. Los derechos relacionados con el derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión. Por una introducción concisa para quienes no son especialistas en el tema, consúltese lo siguiente:

WIPO Intellectual Property Handbook (sólo disponible en inglés, contiene una amplia introducción sobre las políticas, la normativa y la utilización de la P.I.)
Introducción al derecho de autor
Introducción a la propiedad industrial
Las innovaciones y expresiones creativas de las comunidades indígenas y locales también constituyen propiedad intelectual, pero al ser “tradicionales” quedan al margen de la protección que confieren los actuales sistemas de P.I. El acceso a los recursos genéticos, y a la participación equitativa en los beneficios que de ellos se derivan, también plantea problemas al sistema de P.I. En respuesta a esta problemática, la OMPI ha comenzado a ejecutar programas normativos y de fortalecimiento de capacidades con el fin de preparar medidas prácticas y jurídicas que sean equilibradas y adecuadas. Para más información, consúltese lo siguiente:

Propiedad intelectual y conocimientos tradicionales
Propiedad intelectual y expresiones culturales tradicionales o del folclore



Funcionamiento de la OMPI

El mandato, las funciones, finanzas y procedimientos de la Organización se establecen en el Convenio de la OMPI.

Estados miembros

Los Estados miembros de la OMPI determinan la orientación estratégica y las actividades de la Organización.  Se reúnen en asambleas, comités y otros órganos decisorios.

Actualmente la OMPI cuenta con 185 Estados miembros, es decir, más del 90% del total de países del mundo.  Haga clic aquí para ver una lista actualizada de Estados miembros y las condiciones de admisión, con hiperenlaces a información relativa a cada país.

La dirección de la OMPI y su personal (Secretaría)

La Secretaría de la OMPI, u Oficina Internacional, se encuentra en Ginebra y entre los miembros de su personal se cuentan más de 90 nacionalidades.  El personal de la Organización incluye a expertos en las normas y prácticas relacionadas con la propiedad intelectual, además de especialistas en política general pública, economía, administración e informática.

Las respectivas dependencias de la Secretaría se encargan de coordinar las reuniones de los Estados miembros y de aplicar sus decisiones, administrar los sistemas internacionales de registro de la propiedad intelectual, desarrollar y ejecutar los programas que permiten el logro de los objetivos de la OMPI, y asistir a los miembros de la Organización proporcionándoles acceso a una importante fuente de conocimientos sobre P.I.


Director General - Francis Gurry

El Sr. Francis Gurry fue nombrado Director General de la OMPI el 1 de octubre de 2008. Se trata del cuarto Director General de la OMPI y su mandato, que tiene una duración de seis años, concluirá en septiembre de 2014.

En calidad de Director General, el Sr. Gurry afronta numerosos retos para velar por que la OMPI y el sistema internacional de propiedad intelectual sigan fomentando la innovación y la creatividad y contribuyendo al buen funcionamiento de los mercados mundiales. ¿Cómo pueden la OMPI y las oficinas nacionales de P.I. satisfacer la demanda creciente de servicios en el ámbito de las patentes que tiene lugar en todo el mundo? ¿Es necesario efectuar cambios en el sistema de derecho de autor para que siga teniendo pertinencia en un entorno comercial y tecnológico que evoluciona con rapidez? ¿Cómo se puede fomentar el respeto por los derechos de propiedad intelectual habida cuenta del comercio generalizado de productos falsificados y pirateados? ¿Cómo puede contribuir la OMPI a que todos los países participen con dinamismo en la innovación y la economía de los conocimientos y gocen de sus ventajas?

Para afrontar los desafíos urgentes que se plantean en el ámbito de la propiedad intelectual en el siglo XXI, el Sr. Gurry ha puesto en marcha un programa exhaustivo de alineación estratégica de la dirección y la labor de la Organización. El programa tiene por fin alinear los programas, los recursos y las estructuras de la OMPI con arreglo a una nueva serie de metas estratégicas que faciliten una actuación más eficaz de la Organización ante la rápida evolución del entorno tecnológico, cultural y geoeconómico.





Estados miembros

La orientación estratégica, el presupuesto y las actividades de la OMPI son determinados por los Estados miembros, que se reúnen en asambleas, comités y otros órganos decisorios.

A continuación se encuentra la lista de los 185 Estados miembros que forman parte de la Organización actualmente, y las condiciones de admisión.

Haga clic en un Estado miembro para ver en cuáles tratados de la OMPI es parte contratante, qué tipo de legislación posee sobre propiedad intelectual, la información de contacto de las oficinas de P.I., e informaciones generales del país:


Tratados administrados por la OMPI
Consultando los enlaces que figuran a continuación, obtendrà información detallada sobre los 25 tratados administrados por la OMPI incluyendo el Convenio de la OMPI.
Protección de la P.I.
Registro
Clasificación
Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales
Convenio de Berna
Convenio de Bruselas
Arreglo de Madrid (Indicaciones de procedencia)
Tratado de Nairobi
Convenio de París
Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT)
Convenio Fonogramas
Convención de Roma
Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas
Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT)
Tratado de Washington
WCT
WPPT
Tratado de Budapest
Arreglo de La Haya
Arreglo de Lisboa
Arreglo de Madrid (Marcas)
Protocolo de Madrid
PCT
Arreglo de Locarno
Arreglo de Niza
Arreglo de Estrasburgo
Acuerdo de Viena

Cuadro recapitulativo de las Partes Contratantes de los tratados administrados por la OMPI

Resultados, presupuesto y rendimiento

Presupuesto por programas de 2012/13
Dentro el sistema de organizaciones de las Naciones Unidas, la OMPI se destaca por una particularidad: es una organización casi totalmente autofinanciada. En el presupuesto del bienio 2012/2013, aproximadamente el 93% de los gastos aprobados por los Estados miembros procederá de ingresos generados por los servicios pagos que la OMPI presta a los usuarios de los sistemas internacionales de registro por conducto del PCT, y los sistemas de Madrid y de La Haya.

GESTIÓN POR RESULTADOS

Cabe definir la gestión por resultados como un enfoque según el cual se mejora la manera en que funciona la Organización situando el rendimiento como eje central. Este enfoque incide en el modo en que la OMPI planifica, gestiona, da cuenta de sus actividades y, sobre todo, en la manera en que extrae conclusiones aleccionadoras y las utiliza para su planificación futura.
Marco de la OMPI de gestión por resultados  (en inglés)

PRESUPUESTO POR PROGRAMAS

Cada dos años, el Director General de la OMPI presenta a los Estados miembros un presupuesto por programas a fin de que lo aprueben. En dicho documento se exponen detalladamente los objetivos, las medidas de rendimiento y la planificación presupuestaria para todas las actividades propuestas.
2012/13  (aprobado el 29 de septiembre de 2011)
Sinopsis del marco de resultados del bienio 2012/13  (en inglés)
Presupuesto por programas en archivo PDF: 2010/11 | 2008/09

INFORMES SOBRE EL RENDIMIENTO DE LOS PROGRAMAS

El informe sobre el rendimiento de los programas, que se presenta anualmente a los Estados miembros, es el principal instrumento de rendición de cuentas utilizado para informar acerca del desempeño de la Organización.
Archivo PDF: 2010 | 2008 - 2009

Enlaces
Comité del Programa y Presupuesto
Plan estratégico a mediano plazo
Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera

Informes financieros
INFORMES DE GESTIÓN FINANCIERA

El Informe de gestión financiera se publica una vez finalizado cada bienio.
Archivo PDF: 2008 - 2009 | 2006 - 2007 | 2004 - 2005

ESTADOS FINANCIEROS ANUALES

Los estados financieros de la OMPI se presentan a las Asambleas de los Estados miembros de conformidad con el Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera . Los estados financieros de 2010 son los primeros que se han elaborado de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSAS).
2010

PRINCIPALES INDICADORES FINANCIEROS

Los principales indicadores financieros ofrecen una representación gráfica de la situación financiera pasada y presente de la OMPI:
Evolución de los ingresos, los gastos y las reservas (2002 a 2009)
Evolución de los ingresos por fuente de ingreso (2002 a 2009)
supervisión
La División de Auditoría y Supervisión Internas, el Auditor Externo y la Comisión de Auditoría contribuyen a garantizar la rendición de cuentas, la transparencia y la supervisión en las operaciones y actividades de la OMPI.
La División de Auditoría y Supervisión Internas se encarga de realizar de manera independiente las auditorías, inspecciones, investigaciones y evaluaciones, formulando recomendaciones para asistir al personal directivo en el desempeño de sus funciones, contribuyendo al logro de las metas y objetivos estratégicos de la Organización y salvaguardando su personal y sus activos.
El Auditor Externo [PDF], que es el Auditor General (o título equivalente) de un Estado miembro, es nombrado por la Asamblea General. El mandato del Auditor Externo dura seis años y no puede ser renovado inmediatamente después de su conclusión.
La Comisión Consultiva Independiente de Supervisión asiste a los Estados miembros en sus funciones de supervisión, con el fin de mejorar el ejercicio de sus tareas de gobernanza en las distintas esferas de actividad de la OMPI. La Comisión funciona como órgano independiente, consultivo y de supervisión externa.  La Asamblea General de la OMPI aprueba el mandato de la Comisión Consultiva Independiente de Supervisión según lo recomendado por el Comité del Programa y Presupuesto
Programa de alineación estratégica de la OMPI
El objetivo del Programa de alineación estratégica es hacer que la OMPI sea una Organización receptiva y eficiente que esté en condiciones de ejercer el liderato mundial en cuestiones de P.I. y de lograr sus metas estratégicas.
La OMPI afronta su misión de fomentar la innovación y la creatividad mediante un sistema internacional de propiedad intelectual equilibrado y eficaz en un entorno muy dinámico y cambiante.
Entre los desafíos a los que se enfrenta la Organización figuran disminuir la tensión que sufren los sistemas de patentes y de derecho de autor debido a los rápidos cambios tecnológicos, la globalización, y el incremento de la demanda, reduciendo la brecha de conocimientos entre los países desarrollados y los países en desarrollo y velando por que el sistema de P.I. siga cumpliendo su propósito primordial de alentar la creatividad y la innovación en todos los países. El Programa de alineación estratégica se concibió con la finalidad de habilitar a la Organización para hacer frente a tales fines.
Se trata de un ambicioso programa que consta de 19 iniciativas interrelacionadas. Su finalidad es dar nueva nitidez a la cultura y las prioridades de la Organización, lograr mayor eficiencia en la ejecución de su cometido y adecuar mejor sus programas, estructura y recursos a las nueve metas estratégicas.

Nuestras prioridades centrales
Cada una de las 19 iniciativas del Programa de alineación estratégica contribuye a fortalecer las siguientes prioridades centrales :
·         Prestación óptima de servicios – aumentar la atención que se presta a las partes interesadas y a los clientes de todo el mundo de modo que estos últimos queden satisfechos con los servicios que prestamos;
·         Mancomunar esfuerzos – ser una entidad que trabaja de forma integrada, responsable y eficaz, acorde a los fines previstos y con la mirada puesta en la calidad;
·         Responsabilidad por los resultados – asumir la responsabilidad del rendimiento y lograr los resultados previstos;
·         Responsabilidad medioambiental, social y de buen gobierno – seguir una línea ética y tener siempre presente al personal, la comunidad y el medio ambiente.

Así los evaluamos
Los avances en relación con las cuatro prioridades centrales de la OMPI se evaluarán por medio de una encuesta al respecto que se realizará de forma anual entre el personal,  así como mediante el marco de resultados del Programa de alineación estratégica, cuya lista de indicadores se muestra a continuación.

Satisfacción de los Estados miembros, los usuarios y demás partes interesadas con los servicios que presta la OMPI en el ámbito empresarial.
Satisfacción de los Estados miembros, los usuarios y demás partes interesadas con los servicios que presta la OMPI en general.
Voluntad de servicio del personal de la OMPI.
Mayor compresión de la P.I. y la función que desempeña en el fomento de la creatividad y la innovación, así como de la misión y actividades de la OMPI.

El personal percibe que en la OMPI se trabaja de forma mancomunada.
Infraestructura administrativa y de gestión actualizada y coadyuvante.
Procesos y procedimientos administrativos eficientes y racionales.
Las unidades de la Organización están comprometidas con el cumplimiento de los plazos establecidos para el cierre de las cuentas financieras.

Los resultados de la Organización avalan su gestión del rendimiento.
La gestión del desempeño individual se ajusta a las expectativas de la Organización.
El personal se siente identificado con sus objetivos individuales y con los de la Organización.
La gestión financiera es fiable.

Se sigue una línea ética.
Se tiene presente al personal: diversidad e igualdad.
Se tiene presente a la comunidad: acceso de las personas con discapacidades.
Se tiene presente el medioambiente.




Trabajar en la OMPI
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado de las Naciones Unidas. Se dedica a la elaboración de un equilibrado y accesible internacional de la propiedad intelectual (PI), que recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando el interés público.
Nuestra misión es la promoción de la innovación y la creatividad para el desarrollo económico, social y cultural de todos los países a través de un sistema de PI equilibrado y efectivo.
Nuestros valores son:
Servicio de orientación al cliente - aumentamos nuestra capacidad de respuesta a los accionistas globales y nuestros clientes están satisfechos con nuestros servicios;
Trabajando como un - trabajamos como una entidad integrada, responsable y eficiente, que es apto para el propósito y ofrece valor por su dinero;
Responsabilidad por los resultados - que se apropien de nuestro desempeño y lograr resultados;
La responsabilidad ambiental, social y de gobernanza - realizamos de una manera ética y el cuidado de nuestro personal, la comunidad y el medio ambiente.

Adquisiciones y el Sitio Web División de Viajes
VISIÓN DE CONJUNTO

Contratación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es responsabilidad de la División de Adquisiciones y Viajes (PTD). Si desea obtener información sobre las actividades actuales de contratación internacional, licitaciones internacionales abiertas (especialmente Solicitud de Propuestas o RFP) y las convocatorias de manifestaciones de interés (EOI), por favor visite la OMPI e-licitación portal y haga clic en "Las ofertas actuales".
PTD adquiere bienes y servicios sobre la base de un procedimiento de adjudicación de contrato formal siguiendo un proceso de contratación competitivo. Los llamados a licitación puede ser formal o informal, basado en el Reglamento Financiero y las Normas de la OMPI y de la contratación de la OMPI y Compra Principios generales, marco y los procedimientos (marzo de 2006). Open solicitudes internacionales se publican en el portal de adquisiciones de la OMPI y la página web de la United Nations Global Marketplace (UNGM) y, cuando proceda, en los diarios de amplia circulación y boletines internacionales de la industria. Las notificaciones de estos anuncios también se envían a todos los proveedores elegibles registrados en electrónica de la OMPI sistema de licitación (véase más adelante).
Dependiendo del valor de la compra, solicitudes puede ser formal o informal:
(A) para las compras estimadas que no exceda de 20.000 Sfr, la compra directa es posible;
(B) para las compras que se estima superior a 20.000 francos suizos, la compra se efectuará sobre la base de una solicitud informal de Cotización (RFQ) y por lo menos tres ofertas;
(C) para las compras que se estima superior a 50.000 francos suizos, las ofertas están invitados directamente o bien a través de un procedimiento de licitación restringida o de pre-seleccionados los proveedores elegibles a raíz de una convocatoria internacional abierta EOI, y
(D) para las compras superiores a 100.000 francos suizos, formales procedimiento abierto de licitación internacional aplicable, incluyendo la aprobación por el Comité de Revisión de Contratos de la OMPI.
Electrónica de la OMPI sistema de licitación (ETS) ya está disponible, por favor haga clic aquí .


Visita la OMPI

34, chemin des Colombettes
1211 Ginebra, Suiza [ Mapa ]
(Tel: +41 22 338 91 11) Acceso peatonal durante los trabajos de construcción

Organizamos visitas en grupo (mínimo 8 personas) para profesionales, estudiantes y otros grupos interesados ​​en aprender más sobre la historia de la OMPI, funciones y actividades. Para concertar una visita:
completar y enviar el Formulario de Solicitud de visita o
póngase en contacto con nosotros .
Por favor envíe su solicitud por lo menos con cuatro semanas de antelación . Hacemos todo lo posible para adaptar el programa a sus intereses específicos.

Centro de Información de la OMPI
El Centro de Información de la OMPI está abierta al público de lunes a viernes, de 09:00 a 13:00 y de 14,00 a 18,00. El Centro está ubicado en el área de recepción del edificio principal de la OMPI.
El uso de herramientas de información interactivos, los visitantes del centro pueden aprender cómo las invenciones, diseños o marcas comerciales están protegidos en todo el mundo, y cómo los derechos de autor ayuda a fomentar la creatividad y la cultura.
El Centro también ofrece una selección de publicaciones de la OMPI y recuerdos.

Oficinas en el exterior
Las oficinas de la OMPI externos juegan un papel importante en llevar los servicios de la OMPI y la cooperación más estrecha para sus Estados miembros, las partes interesadas y los socios, y en la consecución de los objetivos estratégicos de la Organización. Estos cubren rentables servicios de apoyo en relación con el Tratado de Cooperación de Patentes (PCT), Madrid y La Haya, el arbitraje y la mediación, la gestión colectiva, la investigación, el desarrollo, la creación de capacidades y la cooperación en todo el sistema de las Naciones Unidas, en coordinación con los sectores pertinentes en la Sede.
En la actualidad, la OMPI cuenta con cuatro oficinas fuera de la Sede en Ginebra, a saber,






¿QUÉ ES EL IMPI?
Es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.
INDICADORES
Cifras generadas por las diversas áreas que informan sobre el estado de la entidad y la ejecución de sus programas.
PUBLICACIONES
Las publicaciones que edita el IMPI tienen como propósito facilitar al usuario los trámites administrativos más comunes que se deben seguir para obtener una patente, un registro de marca, solicitar búsquedas bibliográficas o técnicas de documentos de patente, o para la presentación de una demanda en contra de un tercero por invasión de derechos. Así como ofrecer información estadística relevante de la Institución.
Colección Guías de UsuariosIMPI en CifrasInforme Anual
COMUNICACIÓN SOCIAL
La importancia de dar a conocer el sistema de propiedad industrial en nuestro país, mediante la difusión de los servicios que ofrece el IMPI y destacando las ventajas de proteger los derechos de propiedad industrial (protección de invenciones y registro de marcas entre otros), es tarea fundamental de nuestro Instituto.
NoticiasEventosPublicacionesComunicados de Prensa
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Disposición de las áreas del IMPI, agrupados de acuerdo al grado de responsabilidad y jerarquía que poseen, independientemente de las funciones que realizan.
RENDICIÓN DE CUENTAS 2000-2006
Decreto para realizar la entrega-recepción del Informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal y publicado en el diario Oficial de la Federación del 14 de Septiembre del 2005
OFICINAS REGIONALES
Oficina Regional CentroOficina Regional del BajíoOficina Regional del SuresteOficina Regional NorteOficina Regional Occidente









Métodos de Adquisición de Métodos de Información.




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El Fondo PROSOFT cerró su operación 2012 aprobando 393 proyectos que detonarán una inversión total de 2,144mdp
Con el fin de detonar el uso y producción de tecnologías de información (TI) en México, durante el ejercicio 2012 el Consejo Directivo del Fondo PROSOFT aprobó 393 proyectos en los que la Secretaría de Economía invertirá 753 mdp. El monto federal se sumará al de 12 entidades federativas, la academia y el sector privado lo que detonará una inversión total por 2,144 mdp.
La ejecución de los proyectos aprobados permitirá avanzar en la consolidación del sector de TI en aspectos tales como:
Empleo- creación de 12,133 empleos y mejora, a través de capacitaciones y/o certificaciones, de 27,438 personas que actualmente laboran en el sector de TI, impactando así a 39,571 personas.
Calidad y productividad - Se incrementará un 31% el número certificaciones y/o verificaciones organizacionales. Se buscará la certificación y/o verificación organizacional de 123 centros de desarrollo, en modelos de calidad como la Norma Mexicana basada en MoProsoft, el Capability Maturity Model Integrated (CMMI) o Team Software Process (TSP).
Clusters - Se incrementarán las capacidades de madurez y competitividad de 14 clústers de TI en 14 entidades federativas. Con ello se avanzará hacia un escenario donde el sector de TI compita no solo localmente sino globalmente.
Facturación detonada de TI: Se realizarán 43 proyectos de usuario de diversos sectores económicos detonando una inversión en TI por $195.2 mdp


















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TECNOLOGÍA EN ARRENDAMIENTO

Ágoris, ofrece una gran variedad de equipo en arrendamiento: No solamente computadoras, también cualquier equipo informático o de telecomunicaciones que sea requerido por su empresa. EnÁgoris nos dedicamos al arrendamiento de tecnología.

Arrendamiento de Computadoras: En los últimos tiempos, la tecnología informática avanza tan rápido que ya no es redituable comprar equipo. Esto ya no es una 'inversión' porque contablemente los equipos se amortizan en varios años,  mientras que en la realidad dejan de tener valor y esto provoca el atraso tecnológico de las empresas. Sabemos que, cuando usted compra equipo, lo tiene que renovar en uno o dos años y finalmente termina arrumbado en una bodega hasta que se tira a la basura algunos años después. Por ello, el equipo de cómputo debe de verse como un 'gasto', igual que la renta de oficina y pago de servicios. Esto es lo que ofrecemos a nuestros clientes. Es por ello que Ágoris se ha posicionado como una de las pocas empresas en México capaz de ofrecer equipo en arrendamiento con reemplazo y actualización continuos.

En Ágoris, podemos ofrecer a las empresas:

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Quiénes Somos





OpenTec es una empresa de servicios profesionales con más de 35 años en el mercado.

Nos dedicamos a optimizar las inversiones de nuestros clientes en Recursos Humanos, Tecnología de Información y Relaciones con Clientes.

Nuestras soluciones están enfocadas a Tecnología de Información, Administración y Desarrollo del Talento, Colaboración, Productividad y Lealtad. Hemos implementado miles de proyectos con clientes en más de 15 países en Norteamérica, Sudamérica y Asia.

Contamos con sucursales en cuatro ciudades estratégicas (Distrito Federal, Monterrey, Querétaro y Guadalajara) para poder brindar nuestras soluciones en todo el país y alrededor del mundo. Ofrecemos nuestras soluciones a través de tres divisiones operativas:

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Colaboración: Potenciamos talentos individuales, que en equipo generan resultados extraordinarios.
Entendimiento - Sinergia
Porque ayudar también es nuestra prioridad, en OpenTec uno de nuestros objetivos siempre ha sido ser una empresa sólida, con valores; siempre comprometida no sólo con nuestros clientes, sino también con nuestra sociedad.

Apoyo a instituciones: En OpenTec apoyamos a algunas instituciones no lucrativas con donaciones económicas y con equipo de cómputo. Dos ejemplos de estas aportaciones son:

      Apoyo al Sistema Nacional e-México con cursos en línea disponibles para toda la República Mexicana.

      Apoyo a la asociación civil “Un Kilo de Ayuda”, a través de la donación de equipos de cómputo.

Apoyo a becarios:
 Damos oportunidad de trabajo a jóvenes con deseos de superación y compromiso con la sociedad. Este esfuerzo se hace en conjunto con Inroads, organización que brinda experiencia profesional a estudiantes universitarios de recursos limitados en empresas de primer nivel.

Apoyo al medio ambiente: Somos conscientes de vivir en un ambiente ecológicamente equilibrado, por ello hacemos nuestra contribución por medio de la separación de basura y reciclado, cuidado del agua y la energía eléctrica, limpieza en nuestras áreas de trabajo y áreas verdes. Nuestra satisfacción será ver cómo juntos hemos podido no sólo mejorar la vida de los que trabajamos en OpenTec, sino también la de todos los que forman nuestra comunidad.



4.3 Métodos de adquisición de sistemas de información.

Firma Subsecretaría y dirección web     



El Fondo PROSOFT cerró su operación 2012 aprobando 393 proyectos que detonarán una inversión total de 2,144mdp
Con el fin de detonar el uso y producción de tecnologías de información (TI) en México, durante el ejercicio 2012 el Consejo Directivo del Fondo PROSOFT aprobó 393 proyectos en los que la Secretaría de Economía invertirá 753 mdp. El monto federal se sumará al de 12 entidades federativas, la academia y el sector privado lo que detonará una inversión total por 2,144 mdp.
La ejecución de los proyectos aprobados permitirá avanzar en la consolidación del sector de TI en aspectos tales como:

  • Empleo- creación de 12,133 empleos y mejora, a través de capacitaciones y/o certificaciones, de 27,438 personas que actualmente laboran en el sector de TI, impactando así a 39,571 personas.  
  • Calidad y productividad - Se incrementará un 31% el número certificaciones y/o verificaciones organizacionales. Se buscará la certificación y/o verificación organizacional de 123 centros de desarrollo, en modelos de calidad como la Norma Mexicana basada en MoProsoft, el Capability Maturity Model Integrated (CMMI) o Team Software Process (TSP).  
  • Clusters - Se incrementarán las capacidades de madurez y competitividad de 14 clústers de TI en 14 entidades federativas. Con ello se avanzará hacia un escenario donde el sector de TI compita no solo localmente sino globalmente.  
  • Facturación detonada de TI: Se realizarán 43 proyectos de usuario de diversos sectores económicos detonando una inversión en TI por $195.2 mdp.

Dado que el recurso federal del PROSOFT se ha agotado se da por terminado el proceso de recepción de solicitudes de apoyo por lo que la Secretaría se centrará en el seguimiento y cierre de proyectos en ejecución.
El Fondo PROSOFT de la Secretaría de Economía, busca contribuir al desarrollo del sector de tecnologías de la información (TI) buscando su crecimiento en el largo plazo en el país, para así favorecer la competitividad nacional e internacional.



Resumen
Este artículo trata sobre lo que en los últimos años se ha denominado  Desarrollo por el Usuario Final (End-User Development). El contenido  fundamental que encierra este término no es en sí novedoso, sino que está formado por una serie de paradigmas consensuadas años atrás, re-enfocados esta vez a partir de la tecnología y los requerimientos actuales de la nueva era de la computación. En este artículo se describirá en qué consiste este nuevo paradigma, sus principales objetivos, así como los sistemas y aplicaciones más recientes diseñados bajo esta filosofía.
1. Introducción
En la última década se ha venido produciendo un significativo avance en el mundo de las nuevas tecnologías de la información. La aparición paulatina de nuevos dispositivos y soportes ha originado que la forma de llevar a cabo la computación tradicional cambie considerablemente. Este desplazamiento ha provocado que gran parte de la población mundial haya acabado, de una u otra forma, manejando software, pasando de tener personas que utilizaban de forma esporádica el ordenador a tener usuarios finales expertos en su dominio que manejan distintos programas enfocados a fines muy concretos, como la simulación, experimentación, desarrollo de pequeñas aplicaciones o módulos con entornos de alto nivel, macros,  aplicaciones web, etc. La diversidad en cuanto a las preferencias de las personas y los intereses individuales de cada usuario es un hecho. Las aplicaciones han dejado de ser generales para tener que adaptarse, en cierta forma, a las personas que las manejan, personas con diferente cultura, conocimientos y habilidades cognitivas.
Otros de los fenómenos acontecidos en los últimos años, en relación con lo anteriormente comentado, es el hecho de que el concepto clásico del diseñador software,  como experto en el dominio de la informática, haya cambiado notablemente. Hoy en día existe un gran número de usuarios finales que  han pasado de ser meros usuarios del ordenador a convertirse en diseñadores, es decir,  personas que finalmente acaban componiendo o creando algún tipo de artefacto software en función de sus propias necesidades. Esto corrobora en cierta forma una de las frases más acertadas de uno de los grandes visionarios del mundo de  las tecnologías de la información, Ben Shneiderman, que manifestó que la computación actual debe versar sobre lo que los usuarios pueden hacer con los ordenadores, a diferencia de la computación tradicional donde lo importante era lo que los ordenadores podían hacer por sí mismos [15]. En base a estas argumentaciones, hay que decir que, afortunadamente, se ha incrementadoen gran medida la producción de software interactivo. Sin embargo, la utilización de este software requiere del usuario, en cierta forma, conocer o abstraerse a partir de distintos lenguajes de especificación visuales o textuales que demandan grandes niveles de experiencia. Este es un problema inherente, ya que la mayoría de estos usuarios son expertos en su dominio y no en lenguajes informáticos de programación o especificación. Se hace necesario, por tanto, proporcionar entornos que permitan a los usuarios finales, sin conocimientos en programación, desarrollar o modificar  aplicaciones existentes, permitiéndoles así emplear tecnologías avanzadas de la información , actuales y/o futuras, aplicadas al desarrollo de su labor cotidiana. La diversidad imperante en el mundo de las tecnologías de la información hace plantearse de qué forma podrían estandarizarse los mecanismos  de autoría, dotando a un usuario no experto la capacidad de crear a partir de aplicaciones informáticas. La solución es probablemente un cambio de mentalidad, es decir, que de alguna forma al diseñar estas aplicaciones los diseñadores tengan en cuenta los requerimientos de cada usuario final, para que el desarrollo del producto sea más adecuado en función de cada contexto de uso. Este aspecto provoca un cambio de tendencia que desplaza a los actuales diseños desde el concepto de «facilidad de uso» (easy-to-use) hasta el concepto de «facilidad para el desarrollo de aplicaciones software interactivas» (easy-todevelop interactive software systems) [14].
2. EUD como paradigma
El EUD (End-User Development) o  Desarrollo por el Usuario Final se define como un conjunto de actividades o técnicas que permiten a las personas, que no son desarrolladores profesionales, crear o modificar software [4]. Este paradigma está basado en campos de investigación ya conocidos y explorados, como es el caso de la Interacción Persona Ordenador y la Ingeniería de Software, principalmente. El EUD surge como iniciativa europea a partir del proyecto EUD-Net [11], una Red de Excelencia Europea que tiene como objetivo hacer posible, de una forma rápida y barata, la coevolución de sistemas y usuarios finales como uno solo, a partir de la adaptación explícita de las aplicaciones informáticas a las actividades de los propios usuarios. Los sistemas basados en el EUD deben ser fáciles de entender, de aprender, de usar, de enseñar y de evaluar [4].
Aumentar la participación del usuario en el proceso inicial de diseño. Se trata de tener en cuenta la opinión del usuario en todo momento, haciendo un diseño mucho más centrado en el usuario y adaptado a sus propias necesidades. En cualquier caso, los requerimientos del usuario final son muy diversos y cambiantes, y pueden ser difíciles de especificar en un momento dato. Los métodos tradicionales  utilizados para el  ciclo de vida de aplicaciones software son difíciles de adaptar a la filosofía del EUD. Se necesitan por tanto métodos evolutivos, haciendo más hincapié en el «Diseño durante el uso» en vez del «Diseño antes del uso». Utilizar lenguajes visuales de modelado. Es primordial conseguir lenguajes fáciles de usar para el usuario, más intuitivos, así como lenguajes de dominio específico. Esto permite hacer frente a la diferencia de abstracción existente entre los profesionales del software y usuarios finales o expertos del dominio.  Llegar a un compromiso aceptable entre la expresividad y la facilidad de uso. Lo deseable para este caso es conseguir entornos de creación de software fáciles de utilizar, intuitivos, a partir de técnicas WYSIWYG, disminuyendo por el contrario la capacidad expresiva de los mismos. En definitiva se trata de evaluar lo que se denomina el  Gentle Slope of Complexity [4], es decir, conseguir un compromiso aceptable entre la expresividad y la facilidad de uso a base de reducir la complejidad conceptual de las aplicaciones. Para ello sería deseable que el software basado en EUD incorporara características tales como permitir al usuario establecer parámetros y seleccionar objetos, integrar componentes existentes en el sistema y extender el sistema programando nuevos componentes.  Diseñar más software adaptativo. Teniendo al usuario final como objetivo en el diseño de software para autoría,  sería conveniente, como ayuda al usuario, construir sistemas que se adapten a éste durante el uso. Para ello el software adaptativo debe realizar un seguimiento del comportamiento del usuario, así como de otras actividades contextuales, como la actividad actual o la situación y el contexto de uso. Es importante que el sistema lleve a cabo una adaptación no intrusiva, intentando no distraer el usuario de su tarea principal.


3. Aplicaciones y sistemas


Entre los sistemas basados en entornos visuales y herramientas de  prototipado está TERESA [10], una herramienta enfocada al diseño y desarrollo de aplicaciones nómadas (nomadic). Esta herramienta permite una migración del paradigma basado en modelos al desarrollo natural de aplicaciones, con un soporte integrado para representaciones formales e informales, permitiendo además la modificación de aplicaciones existentes  o la creación de nuevas aplicaciones desde cero. TERESA lleva a cabo un proceso de ingeniería directa, generando una interfaz de usuario Web multiplataforma a partir de un modelo de tareas basado en ConcurTaskTrees [13]. Por otro lado, WebRevenge [12] lleva a cabo el proceso de ingeniería inversa, es decir, genera un modelo de tareas a partir del análisis de la interacción y los componentes de una interfaz Web final. La combinación de estas dos herramientas, TERESA y WebRevenge, permite la migración de aplicaciones y la re-ingeniería en función de distintas plataformas de acceso.  Dentro de los sistemas  basados en la web se encuentran los Sistemas Adaptativos Hipermedia [3], que permiten adaptar la información presentada durante la navegación en función del usuario que interactúa  con la aplicación Web mediante el  browser o navegador. Aunque ha habido numerosos trabajos de investigación y distintas aportaciones basados en estos sistemas, la realidad es que la mayoría de los Sistemas Hipermedia Adaptativos existentes no soportan lo que se denomina el round-trip problem, es decir, el proceso que permite  a un usuario final poder modificar o hacer cambios en estas aplicaciones Web a partir de la página HTML generada. Una aportación EUD a este campo es la herramienta LAPIS [9], un  Web Scraper cuya interfaz es un navegador estándar. LAPIS maneja una librería de patrones extensible que se utiliza para mostrar al usuario información de la Web con mayor nivel conceptual que el HTML. De esta forma el usuario se aleja de conceptos meramente técnicos sobre las páginas Web (links, etiquetas, estilos, etc.) para centrarse únicamente en conceptos relacionados con su propio dominio. LAPIS además permite que el  usuario pueda realizar búsquedas conceptuales por la Web, a través de la comparación con los elementos de la librería de patrones que la herramienta contiene.  El campo de la Programación por Demostración es esencial como aportación al EUD, aunque no es en sí novedoso. Prueba de ello son los diferentes trabajos que se han ido presentado a lo largo de estos últimos diez años a través de autores ya clásicos en este campo de investigación, como por ejemplo Henry Lieberman. Una referencia obligada es el libro Your Wish is my Command: Programming by Example [5], donde se proponen distintas herramientas, muchas utilizadas hoy en día, como ejemplo de sistemas que hacen uso del paradigma de la Programación por Demostración para resolver problemas concretos. Este es el caso de Personal Wizards [1], uno de los últimos trabajos desarrollado por autores ya clásicos en PbE como son Lawrence Bergman y Tessa Lau. Esta herramienta captura los eventos generados por un usuario experto bajo una aplicación. Seguidamente el sistema crea un asistente, a partir de los eventos generados, para guiar a usuarios menos expertos paso a paso a través de las tareas propuestas.  Otra aportación en EUD, esta vez personal, consiste en un sistema híbrido o multi-paradigma que roza cada uno de los campos relatados anteriormente. DESK [6], [7] es una herramienta de autor WYSIWYG que funciona como editor y navegador Web. Con DESK un usuario puede navegar por páginas Web generadas dinámicamente por el sistema PEGASUS [2] y editarlas directamente en un entorno visual de libre manipulación. Una vez hechos los cambios DESK lleva a cabo un proceso de ingeniería inversa [8], que consiste en inferir los cambios en los modelos subyacentes de PEGASUS, a partir de las modificaciones hechas por el usuario en la interfaz generada. De esta forma se evita que el usuario tenga que aprender directamente los lenguajes de creación de páginas o interfaces Web habituales. DESK cumple las premisas exigidas por el EUD, siendo una herramienta fácil de usar a base de sacrificar parte de la expresividad implícita mediante el entorno WYSIWYG. Esto además ayuda a suavizar la curva de complejidad (Gentle Slope of Complexity) en el uso de la herramienta.

4. Conclusiones

El Desarrollo por el Usuario Final es un paradigma orientado a crear una sociedad de la información mucho más centrada en las necesidades reales de los usuarios finales, permitiendo que éstos puedan acceder fácilmente a información específica en el contexto adecuado y en base a sus habilidades o discapacidades físicas y/o cognitivas. Se pretende que las personas tengan acceso a personalizar los sistemas de información a sus requerimientos individuales y al diseño de sistemas que puedan ser más socialmente aceptados mediante la implicación colaborativa de todos sus actores. Además, el EUD pretende aumentar la productividad, alentando a que los empleados adapten los sistemas a sus requerimientos específicos en la empresa.

Referencias
[1] Bergman, L., Lau, T., Castelli, V., Oblinger, D.: Personal Wizards: collaborative end-user programming. Proceedings of the End User Development Workshop at CHI’2003 Conference. Ft. Lauderdale, Florida, USA.
April 5-10, 2003.
[2] Castells, P.; Macías, J.A.: Context-Sensitive User Interface Support for Ontology-Based Web Applications. Poster Session of the 1st. International Semantic Web Conference (ISWC’02), Sardinia, Italia; June 9-12th, 2002.
[3] Encarnação, L.M.: Multi-Level user Support through Adaptive Hypermedia: A Highly Application-Independent Help Component. Proceedings of the IUI’97 Conference. Orlando, Florida, USA, 1997, pp. 187-194.
[4] Klann, M.; Fit, F.: End-User Development. D1.1 Roadmap. Proceedings of the End User Development Workshop at CHI’2003 Conference. Ft. Lauderdale, Florida, USA. April 5-10, 2003.
[5] Lieberman, H. (ed): Your Wish is myCommand. Programming By Example.
Morgan Kaufmann Publishers. Academic Press, USA. 2001.
[6] Macías, J.A.; Castells, P.: Dynamic Web Page Authoring by Example Using Ontology-Based Domain Knowledge. Proceedings of the International Conference on Intelligent User Interfaces (IUI’03). Miami, Florida, USA.
January 12-15, 2003, pp. 133-140.
[7] Macias Iglesias, J.A.: Autoría de Documentos Web Dinámicos Mediante Ontologías y Técnicas de Programación por Demostración. Tesis Doctoral. Escuela Politécnica Superior.
Universidad Autónoma de Madrid. Septiembre de 2003. Disponible on-line en: http://www.ii.uam.es/~jamacias/tesis/tesis.html.
[8] Macías, José A., Puerta, Angel R. y Castells, Pablo: MBUI para Procesos de Ingeniería Inversa. Actas del Congreso Interacción Persona-Ordenador (Interacción’04). Editores: Jesús Lorés Vidal y Raquel Navarro Prieto. Lérida 3-7 de 2004, pp. 186-193.
[9] Miller, R.C.: End User Programming for Web Users. Proceedings of the End User Development Workshop at CHI’2003 Conference. Ft. Lauderdale, Florida, USA.
April 5-10, 2003.
[10] Mori, G., Paternò, F., Santoro, C.: CTTE: Support for Developing and Analysing Task Models for Interactive System Design. IEEE Transactions on Software Engineering, pp. 797-813, August 2002 (Vol. 28, No. 8), IEEE Press.
[11] Network of Excellence on End-User Development (EUD-Net). http://giove.cnuce.cnr.it/eud-net.htm.
[12] Paganelli, L., Paternò, F.: Automatic Reconstruction of the  Underlying Interaction Design of Web Applications, Proceedings of SEKE Conference, pp. 439-445, ACM Press, Ischia. 
[13] Paternò, F.: Model-Based Design and Evaluation of Interactive Applications. Springer Verlag, 2001.
[14] Paternò, F.: From Model-Based to Natural Development. Proceedings of the End User Development Workshop at CHI’2003 Conference. Ft. Lauderdale, Florida, USA. April 5-10, 2003.
[15] Shneiderman, B.: Leonardo’s Laptop. The MIT Press, 2003.


Resumen
Este artículo trata sobre lo que en los últimos años se ha denominado  Desarrollo por el Usuario Final (End-User Development). El contenido fundamental que encierra este término no es en sí novedoso, sino que está formado por una serie de paradigmas consensuadas años atrás, re-enfocados esta vez a partir de la tecnología y los requerimietos actuales de la nueva era de la computación. En este artículo se describirá en qué consiste este nuevo paradigma, sus principales objetivos, así como los sistemas y aplicaciones más recientes diseñados bajo esta filosofía.
1. Introducción
En la última década se ha venido produciendo un significativo avance en el mundo de las nuevas tecnologías de la información. La aparición paulatina de nuevos dispositivos y soportes ha originado que la forma de llevar a cabo la computación tradicional cambie considerablemente. Este desplazamiento ha
provocado que gran parte de la población mundial haya acabado, de una u otra forma, manejando software, pasando de tener personas que utilizaban de forma esporádica el ordenador a tener usuarios finales expertos en su dominio que manejan distintos programas enfocados a fines muy concretos, como la simulación, experimentación, desarrollo de pequeñas aplicaciones o módulos con entornos de alto nivel, macros,  aplicaciones web, etc. La diversidad en cuanto a las preferencias de las personas y los intereses individuales de cada usuario es un hecho. Las aplicaciones han dejado de ser generales para tener que adaptarse, en cierta forma, a las personas que las manejan, personas con diferente cultura, conocimientos y habilidades cognitivas.
Otros de los fenómenos acontecidos en los últimos años, en relación con lo anteriormente
comentado, es el hecho de que el concepto clásico del diseñador software,  como experto en el dominio de la informática, haya cambiado notablemente. Hoy en día existe un gran número  de usuarios finales que  han pasado de ser meros usuarios del ordenador a convertirse en diseñadores, es decir,  personas que finalmente acaban componiendo o creando algún tipo de artefacto software en función de sus propias necesidades. Esto corrobora en cierta forma una de las frases más acertadas de uno de los grandes visionarios del mundo de  las tecnologías de la información, Ben Shneiderman, que manifestó que la computación actual debe versar sobre lo que los usuarios pueden hacer con los ordenadores, a diferencia de la computación tradicional donde lo importante era lo que los ordenadores podían hacer por sí mismos [15]. En base a estas argumentaciones, hay que decir que, afortunadamente, se ha incrementado en gran medida la producción de software interactivo. Sin embargo, la utilización de este software requiere del usuario, en cierta forma, conocer o abstraerse a partir de distintos lenguajes de especificación visuales o textuales que demandan grandes niveles de experiencia. Este es un problema inherente, ya que la mayoría de estos usuarios son expertos en su dominio y no en
lenguajes informáticos de programación o especificación. Se hace necesario, por tanto,
proporcionar entornos que permitan a los usuarios finales, sin conocimientos en programación, desarrollar o modificar  aplicaciones existentes,
permitiéndoles así emplear tecnologías avanzadas de la información , actuales y/o futuras, aplicadas al desarrollo de su labor cotidiana. La diversidad imperante en el mundo de las
tecnologías de la información hace plantearse de qué forma podrían estandarizarse los mecanismos de autoría, dotando a un usuario no experto la capacidad de crear a partir de aplicaciones informáticas. La solución es probablemente un cambio de mentalidad, es decir, que de alguna forma al diseñar estas aplicaciones los diseñadores tengan en cuenta los requerimientos de cada usuario final, para que el desarrollo del producto sea más adecuado en función de cada contexto de uso. Este aspecto provoca un cambio de tendencia que desplaza a los actuales diseños desde el concepto de «facilidad de uso» (easy-to-use) hasta
el concepto de «facilidad para el desarrollo de aplicaciones software interactivas» (easy-todevelop interactive software systems) [14].
2. EUD como paradigma
El EUD (End-User Development) o  Desarrollo por el Usuario Final se define como un conjunto
de actividades o técnicas que permiten a las personas, que no son desarrolladores
profesionales, crear o modificar software [4]. Este paradigma está basado en campos de
investigación ya conocidos y explorados, como es el caso de la Interacción Persona Ordenador y la Ingeniería de Software, principalmente. El EUD surge como iniciativa europea a partir
del proyecto EUD-Net [11], una Red de Excelencia Europea que tiene como objetivo hacer
posible, de una forma rápida y barata, la coevolución de sistemas y usuarios finales como uno
solo, a partir de la adaptación explícita de las aplicaciones informáticas a las actividades de los
propios usuarios. Los sistemas basados en el EUD deben ser fáciles de entender, de aprender, de usar, de enseñar y de evaluar [4].
2.1. Objetivos
Aunque a grandes rasgos el principal objetivo que persigue el Desarrollo por el Usuario Final es
facilitar la autoría de software a cualquier tipo de usuario, es necesario plantear unos objetivos más concretos, basados en el análisis de la situación actual y que permitan, finalmente, conseguir ese objetivo principal marcado como hito. De esta
forma, son los objetivos que a continuación se detallan los que se marcan como prioritarios
dentro del EUD



Conoce el texto íntegro de la reforma laboral aprobada por la Cámara de Diputados





Dictamen de la Comisión de Trabajo y previnsión Social a la Iniciativa del ejecutivo federal con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas dispocisiones de la Ley federal del Trabajo.

HONORABLE ASAMBLEA:

La Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39, y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción II; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 1º de septiembre del año en curso, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, en ejercicio de la facultad que le confieren la fracción I del artículo 71, así como el artículo 72, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó a esta Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, solicitando que la misma sea turnada para trámite preferente.
La iniciativa de referencia se publicó en la Gaceta Parlamentaria el día 4 del mismo mes y año.
2.- En la primera sesión ordinaria del Pleno de esta Soberanía, celebrada el día 4 de septiembre del año en curso, la Mesa Directiva turnó dicha iniciativa a la atención de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con la instrucción de que estará en resguardo de la Dirección General de Proceso Legislativo hasta que quedara legalmente integrada la referida Comisión.
3.- Mediante Acuerdo de la Junta de Coordinación Política publicado en la Gaceta Parlamentaria el día 13 de septiembre del año en curso, se establece el método de dictamen para la discusión y análisis de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

4.- Mediante Acuerdo de la Junta de Coordinación Política publicado en la Gaceta
Parlamentaria el día 13 de septiembre del año en curso, se comunica la integración de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

5.- En esa misma fecha, una vez concluida la Sesión Plenaria del día, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se reunieron para llevar a cabo la sesión de instalación de la misma, en la cual aprobaron por unanimidad, como único punto del orden del día, constituirse en sesión permanente, a efecto de dar cumplimiento al acuerdo de la Junta de Coordinación Política para la elaboración del dictamen correspondiente y cumplir con el mandato constitucional de atender la iniciativa preferente del Ejecutivo Federal en el plazo establecido.

CONTENIDO DE LA INICIATIVA PREFERENTE

El Titular del Ejecutivo Federal justifica en la exposición de motivos, el uso de la nueva herramienta que la Constitución le otorga, como es la iniciativa de trámite preferente, para presentar una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, por considerar que es uno de los temas prioritarios de la agenda nacional que debe atenderse con urgencia.
Desde la perspectiva del Ejecutivo Federal, la necesidad de una reforma laboral ha estado en el debate público en los últimos quince años y las condiciones actuales de México han cambiado mucho desde que entró en vigor la actual ley laboral en 1970.
Se señalan datos y cifras acerca del alto nivel de desempleo a nivel global, con mayor impacto en los jóvenes, el cual se agudizó a partir de la crisis financiera internacional de 2008 y que también perjudicó el mercado laboral de México, a pesar de la solidez de sus variables macroeconómicas.
Destaca el Presidente de la República el documento de conclusiones de las reuniones de los Ministros de Trabajo de los países que integran el G20, entre ellos nuestro país, en el que se refiere a la urgente necesidad de ofrecer a la población empleos de calidad, lo cual implica impulsar reformas estructurales en total apego a los principios y derechos laborales fundamentales.
Ante este panorama, se propone reformar el marco jurídico laboral para lograr los siguientes objetivos: promover la generación de más empleos y lograr que aquellas relaciones laborales que se desarrollan en la informalidad, se regularicen y transiten al mercado formal.
El proponente resume su diagnóstico de la siguiente manera:
• El marco jurídico laboral ha quedado rebasado ante las nuevas circunstancias demográficas, económicas y sociales.
• La legislación actual no responde a la urgencia de incrementar la productividad de las empresas y la competitividad del país, ni tampoco a la necesidad de generación de empleos.
• Subsisten condiciones que dificultan que en las relaciones de trabajo prevalezcan los principios de equidad, igualdad y no discriminación.
• El anacronismo de las disposiciones procesales constituye un factor que propicia rezagos e impide la modernización de la justicia laboral.
• A pesar de que nuestro país ha tenido importantes progresos democráticos y de libertad, aún es necesario avanzar hacia mejores prácticas en las organizaciones sindicales, que favorezcan la toma de decisiones.
• La normatividad laboral no prevé sanciones significativas a quienes incurren en prácticas desleales e informales contrarias a la ley.”
A partir de estas premisas, el Ejecutivo Federal enumera una serie de objetivos que se buscan con las reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, las cuales se citan textualmente por su importancia y la diversidad de temas que aborda:
“1. Incorporar la noción de trabajo decente que promueve la Organización Internacional del Trabajo, para destacar los elementos que deben imperar en cualquier relación laboral, que no son otros, más que el respeto a la dignidad humana del trabajador; la no discriminación por razón de género, preferencia sexual, discapacidad, raza o religión; el acceso a la seguridad social; el salario remunerador; la capacitación continua para el incremento de la productividad; la seguridad e higiene en el trabajo; la libertad de asociación; la autonomía y democracia sindical; el derecho de huelga, y la contratación colectiva.
Cabe señalar que el concepto de trabajo decente a que se hace referencia, es acorde con la aspiración que nuestro texto constitucional prevé como trabajo digno.

2. Incluir en nuestra legislación, como nuevas modalidades de contratación, los períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada, con el propósito de atender las circunstancias que privan en el mercado de trabajo.
Con ello se generarán las condiciones para que un mayor número de personas, principalmente jóvenes y mujeres, puedan integrarse a puestos de trabajo en la economía formal. Estas propuestas permitirían romper el círculo vicioso en torno a que las personas no tienen empleo porque no están capacitadas y no tienen capacitación porque no cuentan con empleo.
Desde luego, para evitar posibles abusos con el uso de estas nuevas figuras, se ha previsto que los contratos se celebren por escrito; que los periodos de prueba y los contratos de capacitación inicial sean improrrogables y, que no puedan aplicarse dentro de una misma empresa o establecimiento al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, ni en más de una ocasión.
De esta manera los trabajadores que presten sus servicios bajo estas modalidades, tendrán los mismos derechos y obligaciones como cualquier trabajador, en proporción al tiempo trabajado.
Esta modificación le permitiría al patrón conocer la aptitud, actitud y competencia de los trabajadores en un breve tiempo, y a éstos, apreciar si ese empleo cumple con sus expectativas.
3. Regular la subcontratación de personal u outsourcing, con el propósito de evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón. Para tal efecto, se define la figura de “subcontratación”; se determina que el contrato de prestación de servicios deba constar por escrito; se prevé que la beneficiaria de los servicios tendrá la obligación de cerciorarse de la solvencia económica de la contratista y que ésta cumpla con sus obligaciones en materia de seguridad y salud.
Se señala expresamente que en todo caso los patrones y los intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores.

4. Tipificar como delito el trabajo de menores de 14 años fuera del círculo familiar, para lo cual se otorgan facultades a las autoridades, a efecto de que puedan ordenar el cese inmediato de las labores de aquéllos, además de establecer la obligación de resarcir las diferencias salariales, en caso de que percibieran ingresos menores a los de otros trabajadores que realicen idénticas actividades.

De igual manera, con el propósito de fortalecer las medidas de protección y vigilancia a favor de los menores, se propone un nuevo esquema para detallar con mayor precisión, los tipos de actividades que no podrán realizar. La inclusión de estos supuestos se apoya en el análisis e identificación de las tareas que potencialmente resultan peligrosas e insalubres.
5. Otorgar mayor protección y seguridad jurídica a los mexicanos que van a laborar en el extranjero, para lo cual se propone regular tres modalidades de contratación: el primero de ellos atiende los casos de los trabajadores mexicanos que son contratados en territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo; el segundo, el caso de los trabajadores mexicanos reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, a través de mecanismos acordados por el gobierno de México con un gobierno extranjero, y por último, el caso de los trabajadores mexicanos reclutados y seleccionados en México, para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, que sean contratados a través de agencias de colocación de trabajadores.
6. Replantear el mecanismo para comunicar los avisos de rescisión de la relación de trabajo que debe dar el patrón a los trabajadores, a efecto superar la incongruencia de probar en juicio un hecho negativo, es decir que el trabajador se negó a recibir el aviso de despido.
7. Incluir una nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.
8. Fortalecer los derechos de la mujer trabajadora, a través de las siguientes medidas específicas:
• Prohibir expresamente la discriminación por cuestiones de género.
• Prohibir la realización de actos de hostigamiento o acoso sexual, castigar a quienes permitan o toleren tales conductas y considerarlas como causales de rescisión de la relación de trabajo.
• Prohibir la práctica de exigir certificados médicos de ingravidez para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo.

• Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal, así como reducir en una hora la jornada de trabajo, durante los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con el recién nacido.

Adicionalmente, se considera necesario propiciar la equidad y la corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres, para lo cual se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con goce de sueldo. Con ello, se contribuye a fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar de las personas, pues ambos padres compartirán el gozo y la atención del recién nacido.
9. Aprovechar los avances de las tecnologías de la información y comunicación para prever que el pago de salarios se pueda realizar a través de medios electrónicos, por lo que podrán efectuarse a través de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.

10. Establecer un límite a la generación de salarios vencidos para combatir la indebida práctica de prolongar artificialmente la duración de los procedimientos laborales.
Se prevé que se generarán solamente entre la fecha del despido y hasta por un periodo máximo de doce meses. Una vez concluido este periodo, si el juicio aún no se ha resuelto, se generaría solamente un interés.

Con esta fórmula, se estima que se preserva el carácter indemnizatorio de los salarios vencidos y también se atiende la necesidad de conservar las fuentes de empleo, a la par de que se contribuye a la disminución -de manera sustancial- de los tiempos procesales para resolver los juicios.

11. Impulsar la multihabilidad de los trabajadores, a efecto de que se involucren en otras actividades de su entorno laboral, lo cual permite su desarrollo y capacitación. Desde luego, se prevé que su participación se vea recompensada con el ajuste salarial respectivo.
Consideramos que aprovechar las capacidades de los trabajadores, además de propiciar beneficios directos a su persona, incluso a sus familias, incrementan la productividad de las empresas.
12. Establecer como nueva obligación patronal la relativa a afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, lo que propiciará que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad.

13. Contar con más y mejores mecanismos que permitan a la autoridad laboral responder de manera eficaz y oportuna ante situaciones de contingencias sanitarias, como la vivida en nuestro país en el 2009.
Las medidas que se proponen consisten en:

• Dotar a la autoridad de herramientas, para que pueda reaccionar con mayor contundencia y eficacia ante las emergencias.

• Fortalecer la coordinación institucional para proteger la seguridad y salud de los trabajadores.

• Prohibir la utilización del trabajo de menores y mujeres en estado de gestación o lactancia, durante las contingencias sanitarias.

• Fomentar la cultura de la prevención.

• Definir las consecuencias jurídicas que una situación de este tipo puede generar en las relaciones de trabajo.

14. Armonizar la legislación con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de exceptuar al patrón de pagar el reparto adicional de utilidades, si obtuvo de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión correspondiente, en tanto esta situación perdure.
15. Adecuar las instalaciones de aquellos centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad.
Para establecer esta obligación, se ha tomado como referencia el criterio de estratificación para determinar a las empresas pequeñas y medianas, que prevé la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de manera que no se establezca una carga que pudiera ser excesiva para las microempresas.
Con esta medida se favorecen las condiciones de igualdad y se dignifican las actividades que realiza este sector de la población. Se propone que esta nueva obligación sea exigible 36 meses después de que entre en vigor la reforma, pues ello permitirá que los patrones puedan realizar las adecuaciones pertinentes, evitando con ello un impacto inmediato.
16. Replantear las disposiciones que regulan la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, con el propósito de elevar el nivel de vida de los trabajadores y sus familias, así como mayores rendimientos para las empresas, a través de un vínculo más estrecho entre la capacitación y la productividad. Para ello se propone:
• Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su cargo las Comisiones Mixtas de
Productividad, Capacitación y Adiestramiento;

• Ampliar los objetivos de los Comités Nacionales de Productividad y Capacitación que pueden establecerse en las diferentes ramas industriales y de servicios, y en los que participan representantes de los patrones y de los trabajadores, a fin de que propongan acciones para:
  • Diagnosticar los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad de las empresas.
  • Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas.
  • Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios a los beneficios de la productividad.





  • Proponer la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso, los procedimientos para su evaluación, acreditación y certificación.

  • 17. Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal criterio para acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales de más de treinta días y a puestos de nueva creación, en lugar de la antigüedad. Además se prevén criterios de desempate, para el caso de que dos o más trabajadores tengan los mismos méritos.
    18. Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo, a través de las siguientes medidas:
    • Establecer un registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada.
    • Incluir como obligación patronal, la expedición de constancias de labores y percepciones a los trabajadores eventuales, al final de la temporada.
    • Establecer el pago proporcional de prestaciones devengadas al final de cada temporada.
    • Proporcionar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo.
    • Proporcionar en forma gratuita a los trabajadores, transporte cómodo y seguro desde las zonas habitacionales hasta los lugares de trabajo y viceversa. Se prevé que el patrón pueda emplear sus propios medios o pagar la cuota correspondiente, para que el trabajador haga uso de un transporte público adecuado.
    • Utilizar los servicios de un intérprete cuando los trabajadores no hablen español.
    19. Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domésticos. Se propone regular con mayor precisión la duración de su jornada laboral y, en consecuencia, establecer de manera expresa los periodos de descanso diario y semanal que como mínimo deben tener quienes realicen este tipo de actividades.

    20. Incluir en el Titulo Sexto de la Ley un nuevo Capítulo para regular los trabajos que se realicen en las minas. A raíz de los lamentables accidentes ocurridos en la industria minera, es indispensable establecer disposiciones específicas para regular este tipo de actividades.
    Destaca la prohibición expresa del trabajo en tiros verticales de carbón, también llamados
    “pozos”, en razón de que en esta modalidad de explotación es en donde se presentan los mayores riesgos.

    Se incorporan obligaciones específicas para los patrones, tales como:

    • Contar con planos, estudios y análisis apropiados para que las actividades se desarrollen en condiciones de seguridad.

    • Contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas, las que deberán tener dos vías de salida, por lo menos, desde cualquier lugar de trabajo, comunicadas entre sí.

    • Proporcionar a los trabajadores el equipo de protección personal necesario, a fin de evitar la ocurrencia de riesgos de trabajo y capacitarlos respecto de su utilización y funcionamiento.

    • Establecer un sistema que permita saber con precisión los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como su ubicación.

    También se establece la obligación de no contratar o permitir que se contrate a menores de
    18 años para realizar trabajos en las minas, así como la obligación de los titulares de las concesiones de los lotes mineros de cerciorarse que en los centros de trabajo el patrón cumpla con sus respectivas obligaciones y que en caso de incumplimiento de éstos, serán considerados como solidariamente responsables.

    Por otra parte, se propone que los trabajadores puedan negarse a prestar sus servicios cuando no cuenten con la debida capacitación o adiestramiento que les permita identificar los riesgos a los que están expuestos, la forma de evitarlos y realizar sus labores en condiciones de seguridad, así como en aquellos casos en que el patrón no les entregue el equipo de protección personal o nos los capacite para su utilización. Estas acciones son consistentes con las disposiciones que prevé el Convenio 176 de la OIT, sobre la seguridad y salud en las minas, por lo que se avanzaría significativamente hacia su eventual ratificación, ya que la legislación nacional tendría disposiciones equivalentes, lo que favorecería la aplicación y cumplimiento de este instrumento internacional.
    Destaca también la propuesta para fortalecer la coordinación interinstitucional para vigilar e inspeccionar este tipo de centros de trabajo, pues incluso se otorga a la Inspección del Trabajo la facultad de ordenar la suspensión de actividades y la restricción de acceso de los trabajadores a la mina, hasta en tanto se adopten las medidas de seguridad ante un riesgo inminente.
    Finalmente, se incluyen sanciones y penas privativas de libertad, a los patrones que dolosamente o por culpa grave omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, cuando la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores, o bien, los fallecimientos ocurran en los tiros verticales de carbón, a pesar de la prohibición a que se ha hecho referencia anteriormente.
    Con estas medidas, se propician mejores condiciones de seguridad en favor de los trabajadores mineros, sin que por ello se menoscabe el legítimo interés de los particulares para invertir en el desarrollo de la minería nacional.

    21. Reconocer al teletrabajo, es decir, aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y la comunicación, como una de las formas de trabajo a domicilio. Con esta modalidad se favorece la posibilidad ocupacional de las personas, pues les permite compaginar las actividades laborales con sus respectivas responsabilidades familiares.
    Desde luego, en la realización de este tipo de actividades cuentan con la protección de las normas de trabajo y de seguridad social.

    22. Prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical. Esta medida reconoce los criterios sustentados por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido de que “el hecho de que la autoridad establezca por vía legislativa el voto directo, secreto y universal para elegir a los dirigentes sindicales no plantea problemas de conformidad con los principios de la libertad sindical [Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, cuarta edición, 2006, párrafo 398]”.
    23. Fortalecer la rendición de cuentas por parte de las directivas de los sindicatos. Para ello, se prevé que se deberá entregar a todos los trabajadores sindicalizados, un resumen de los resultados de la administración del patrimonio sindical y que la rendición de cuentas debe incluir por lo menos la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.
    Además, si la organización sindical cuenta con más de 150 agremiados, los resultados deberán ser dictaminados por un auditor externo.

    También se propone que los resultados de la administración se deben difundir ampliamente entre los trabajadores miembros del sindicato, por cualquier medio al alcance de la agrupación y de los propios trabajadores.
    En complemento a lo anterior, se establece que los estatutos de los sindicatos deberán contener, además de la época para la presentación de cuentas, las sanciones específicas a sus directivos en caso de incumplimiento, y que los propios estatutos incorporen instancias y procedimientos internos que aseguren la resolución de controversias entre los agremiados, con motivo de la gestión de los fondos sindicales.
    Estas medidas permitirán que los trabajadores tengan mayor seguridad de que la aplicación de sus cuotas corresponda al objeto del sindicato al que se encuentran afiliados y no debe ser considerada como un acto de injerencia a la autonomía sindical por parte del Estado, en virtud de que la obligación de rendir cuentas se establece en forma exclusiva en relación a los agremiados del sindicato.

    Finalmente, se propone regular aquellos casos en que el sindicato omita informar a sus agremiados respecto de la administración del patrimonio sindical, o estimen la existencia de irregularidades en la gestión de los fondos sindicales. Ante ello, los trabajadores podrán tramitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión de pago de las cuotas sindicales como una medida extraordinaria para que puedan examinar el estado de la administración y, por ende, puedan hacer valer sus inconformidades a través de los procedimientos especiales previstos en el Título XIV, capítulo XVIII de la Ley Federal del
    Trabajo.
    Se precisa que el ejercicio de estas acciones por ningún motivo implicará pérdida de derechos sindicales, ni tampoco será causa para la expulsión o separación de los inconformes.

    La suma de estas propuestas, contribuye a fortalecer el derecho inalienable que tiene cualquier agremiado o socio que pertenezca a alguna agrupación, de vigilar que las cuotas que aporta se dediquen efectivamente al objeto de la propia organización y al también irrenunciable derecho que tiene de exigir cuentas claras y detalladas de los resultados sobre la administración correspondiente, a fin de tomar las mejores decisiones sobre su participación en la organización respectiva.

    24. Facilitar a los sindicatos el cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades registradoras, mediante la utilización de herramientas electrónicas, para proporcionar informes, notificar sus cambios de directiva y modificaciones estatutarias, así como las altas y bajas de sus miembros.
    25. Incluir disposiciones expresas para considerar como información pública la relacionada con los registros de las organizaciones sindicales, los contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo depositados ante las autoridades laborales. Estas medidas propiciarán que los interesados cuenten con mayor y mejor información relacionada con las organizaciones sindicales y, en consecuencia, que puedan ejercer sus derechos de manera razonada y con elementos de juicio al tener acceso a datos fidedignos y actualizados.
    En complemento, se propone establecer como obligación patronal, la relativa a fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa.

    26. Otorgar la facultad a las autoridades registrales para requerir a los solicitantes que subsanen las omisiones en la presentación de los documentos que se deben acompañar en el procedimiento de registro sindical. De no atenderse el requerimiento, se ordenará el archivo de la solicitud de registro, por falta de interés.

    27. Suprimir la denominada “cláusula de exclusión por separación”, que actualmente la Ley permite establecer en los contratos colectivos de trabajo, en consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la materia.
    28. Prever como causa para negar el trámite a un emplazamiento a huelga para la celebración de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que previamente exista otro en trámite cuyo objeto sea el mismo. Lo anterior, a efecto de propiciar seguridad jurídica al procedimiento y evitar múltiples emplazamientos en contra del mismo patrón por organizaciones sindicales diversas.

    29. Incrementar el monto de la indemnización por muerte del trabajador. Se ha estimado conveniente brindar mayor protección y seguridad a los familiares de los trabajadores que fallezcan con motivo de un riesgo de trabajo, pues actualmente el monto que prevé la Ley por concepto de indemnización, equivale al importe de setecientos treinta días de salario.

    El incremento que se propone, toma como referencia el monto más alto de la sanción que se imponga a aquellos que violen las normas previstas en la Ley Laboral como se explica en el punto 50.
    30. Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros de trabajo.
    Para tal efecto, es necesario otorgar a las autoridades la facultad de ordenar la clausura inmediata de los centros de trabajo, en casos de peligro inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas.

    Para tales efectos, se prevé la adopción de las medidas de aplicación inmediata, que incluirían la restricción de acceso o la limitación de la operación total o parcial en las áreas de riesgo detectadas, hasta en tanto el patrón cumpla con las medidas de seguridad pertinentes.
    31. Facilitar la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes. Se propone que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizaría la expedición y actualización de dichas tablas, tomando en cuenta la previa opinión de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    Con esta medida, se propicia contar con una descripción e identificación más completa de las enfermedades que se vinculan con la actividad laboral que desempeñan las personas, lo cual a su vez favorece la adopción de medidas preventivas.

    32. Ampliar la competencia de las autoridades federales, mediante una nueva interpretación y alcance del concepto de “concesión federal”, de manera que bajo dicha figura se incluyan las actividades que realizan las empresas bajo permiso o autorización federal.

    33. Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo a fin de que pueda proponer e instrumentar mecanismos para vincular la formación profesional con aquellas áreas prioritarias para el desarrollo regional y nacional, así como con aquellas que presenten índices superiores de demanda.

    Además, con el propósito de facilitar a los trabajadores el que puedan demostrar que cuentan con las habilidades necesarias para desempeñar determinadas actividades, a pesar de que carezcan de la formación escolar correspondiente, se propone establecer un régimen de certificación laboral, conforme al cual sea posible acreditar conocimientos, habilidades o destrezas, que requiere un individuo para la ejecución de una actividad productiva, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos.

    34. Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación, ya que en la actualidad prácticamente no existen, toda vez que en casi todas las localidades funcionan Juntas de
    Conciliación y Arbitraje.

    35. Incorporar el principio de la conciliación en el proceso laboral. De esta manera, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, las Juntas intentarían que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. En complemento a esta medida, se crea la figura de los “funcionarios conciliadores”, como parte del personal jurídico de las Juntas.
    36. Contar con servidores públicos mejor preparados para atender las tareas de impartición de justicia. Para ello se establece un servicio profesional de carrera especial para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que tome en consideración la naturaleza propia de las funciones jurisdiccionales que se realizan.
    37. Profesionalizar al personal jurídico de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, a los representantes ante las mismas y a los litigantes en materia laboral, a efecto de reducir el riesgo de que una de las partes en el proceso (generalmente el trabajador), sea deficientemente representada en juicio.

    38. Prever la utilización de herramientas tecnológicas, para facilitar la impartición de justicia laboral, lo que permitirá agilizar y transparentar la tramitación de los juicios, aumentar la productividad y eficiencia y, en general, modernizar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

    39. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Con ello se propicia mayor celeridad en el trámite del procedimiento ordinario y se erradican prácticas de simulación que retardan el procedimiento, como el diferimiento de la audiencia en más de una ocasión, con el pretexto de la celebración de pláticas conciliatorias.
    40. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Con esta medida, se pretende que este tipo de asuntos se resuelvan con mayor celeridad, para lo cual, se establecen reglas de competencia de las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje; requisitos que deben contener las demandas de este tipo de conflictos; elementos que deben contener los dictámenes médicos en los casos de riesgos de trabajo y reglas para el desahogo de esta prueba; se propone que los peritos médicos se encuentren registrados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

    41. Incrementar los montos de las correcciones disciplinarias, medios de apremio y multas para sancionar la interposición notoriamente improcedente del recurso de revisión y de reclamación contra los actos de ejecución.

    42. Prever que cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de sesenta días, tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos, o más de ciento veinte días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón o los terceros que acrediten su interés podrán solicitar por escrito se inicie el arbitraje en cualquier momento. La propuesta tiene como propósito evitar las implicaciones negativas que se desprenden de una duración prolongada de los conflictos laborales, por los efectos que se producen tanto a las partes involucradas como a la sociedad en su conjunto.
    43. Establecer una vía incidental para que los terceros de buena fe puedan ejercitar acciones de restitución de la posesión de bienes de su propiedad, en caso de huelgas estalladas.

    44. Incorporar como causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento.

    45. Prever como causa para negar el trámite a los emplazamientos a huelga, cuyo objeto sea el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo o un contrato ley, el hecho de no señalar con precisión las violaciones a dicho contrato y la forma de repararlas.
    46. Combatir los denominados “contratos de protección”. Para ello, se establecen requisitos adicionales para los emplazamientos a huelga que tengan por objeto obtener del patrón la firma de un contrato colectivo de trabajo, a fin de que la organización sindical emplazante acredite que sus estatutos comprenden la rama industrial o la actividad de la empresa o establecimiento con el que pretende celebrar el contrato, así como que cuenta con agremiados que laboran para el patrón que se pretende emplazar.

    47. Establecer nuevas reglas para la tramitación de las demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo o administración de contrato ley, para otorgar mayor certeza y seguridad jurídica en estos procedimientos. La propuesta busca asegurar una legítima representación de los trabajadores en el ejercicio de esta acción.
    48. Precisar en los procedimientos de conflictos colectivos de naturaleza económica, que sólo la huelga estallada suspende la tramitación de este tipo de conflictos.

    49. Prever el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de contrato colectivo de trabajo y administración de contrato ley, en consonancia con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en este tipo de asuntos.

    50. Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de la Ley
    Federal del Trabajo, que podrían llegar hasta cinco mil veces de salario mínimo general por cada violación cometida. Se prevé que la cuantificación de las sanciones pecuniarias se haga tomando como base de cálculo la cuota diaria de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

    Para su imposición, se describen los elementos que debe tomar en cuenta la autoridad y se precisa en qué casos existirá reincidencia.

    Para que la sanción sea representativa y tienda a evitar irregularidades, se propone que, cuando en un solo acto u omisión se afecten a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los trabajadores afectados y si con un solo acto u omisión se incurre en diversas infracciones, se aplicarán las sanciones que correspondan a cada una de ellas, de manera independiente.
    51. Finalmente, se propone subsanar deficiencias que presenta el texto actual de la Ley, pues a manera de ejemplo puede citarse que existen preceptos en vigor que utilizan reenvíos a disposiciones que se encuentran derogadas.”
    La iniciativa de mérito contiene 243 artículos que se reforman, 121 que se adicionan, 41 que se derogan y 17 disposiciones transitorias.
    Esta comisión dictaminadora, por razones de método y sistemática jurídica, consideró pertinente realizar el análisis de su contenido, siguiendo la estructura normativa de la Ley
    Federal del Trabajo vigente, compuesta por dieciséis Títulos con sus respectivos capítulos, de manera tal que cada uno de los preceptos legales que se proponen reformar, adicionar o derogar se revisan de acuerdo a su ubicación en cada uno de los Títulos respectivos.

    TÍTULO PRIMERO. PRINCIPIOS GENERALES.

    El nuevo texto que se propone del artículo segundo de la ley precisa el concepto de trabajo digno o decente. Agrega que el trabajo decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación; autonomía y democracia sindical; el derecho de huelga y de contratación colectiva.

    Los principios rectores del texto del nuevo artículo 3º, cuya modificación se propone en esta iniciativa, son los siguientes: no discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico, sexo, edad, preferencia sexual, discapacidades, doctrina política, condición social, religión, opiniones, estado civil, o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
    Se precisa que no deben considerarse discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada.

    En el último párrafo del nuevo texto del artículo 3º, se agrega como de interés social, la formación para y en el trabajo y la certificación de la competencia laborales. En el último párrafo del nuevo texto de dicho artículo, se agrega como de interés social, la formación para y en el trabajo y la certificación de la competencia laborales.
    Se señala como de interés social no sólo promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, como se dice en la ley en vigor, sino también la productividad y la calidad de trabajo, así como los beneficios que éstas deban generar tanto para los trabajadores como para los patrones.

    Por otra parte, en el artículo 4, se modifica el contenido de las fracciones I, inciso a) y II, inciso a), para precisar que se atacan los derechos de terceros, entre otros casos, cuando se trate de sustituir o se sustituya definitivamente a un trabajador que reclame la reinstalación en su empleo, sin haberse resuelto el caso por la Junta de Conciliación y Arbitraje; y, que se ofenden los derechos de la sociedad, cuando declarada una huelga, se trate de substituir o se substituya a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la huelga, salvo lo que dispone el artículo 936.
    (Únicamente se ajusta el texto al contenido del artículo citado).
    En cuanto a los trabajadores del campo, en el artículo 5, fracción VII, se señala que no produce ningún efecto legal la estipulación que establezca un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a dichos trabajadores, así como a los obreros, como lo dice la ley en vigor.

    En los nuevos artículos 13 y 15 bis de la iniciativa, se establece la responsabilidad solidaria de los patrones que utilicen en sus empresas los servicios de trabajadores proporcionados por un intermediario, respecto de las obligaciones contraídas con ellos. Además, se constituye la obligación a cargo del patrón que contrate personal por medio de un intermediario, de verificar que se trate de una persona física o moral legalmente constituida y al corriente de sus obligaciones fiscales.
    Por lo que toca a los artículos 15-A a 15-D de la iniciativa, se refieren al trabajo en régimen de subcontratación, definiéndolo de la siguiente manera: “es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista o subcontratista ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor de otra persona física o moral que resulta beneficiaria de los servicios contratados, la cual fija las tareas a realizar y supervisa el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratados.”
    Los demás artículos 15-B a 15-D, contienen disposiciones en las que se establecen obligaciones a cargo de la empresa beneficiaria; se establece asimismo en qué casos se debe presumir doloso el trabajo en régimen de subcontratación y la consecuencia jurídica de esa presunción.
    Esta iniciativa no modifica el texto del artículo 19 de la Ley en vigor.

    TÍTULO SEGUNDO. RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO.

    En esta iniciativa se mantiene el texto del artículo 22 de la Ley. Se agrega el artículo 22 bis, en el que se establece que cuando la Inspección del Trabajo detecte trabajando a un menor de 14 años fuera del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores, sancionando al patrón con prisión de 1 a 4 años y multa.
    Por lo que toca al escrito en el que consten las condiciones generales de trabajo, se adiciona el artículo 25 de la ley, debiendo contener además de los requisitos actuales, la clave única de registro de población del trabajador y del patrón.

    Se adiciona el artículo 28 de la ley, que señala los requisitos que deben cumplirse en la prestación de los servicios de trabajadores mexicanos fuera de la República, contratados en territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por la ley laboral. Así mismo se crean los artículos 28-A y 28-B como disposiciones tiende a proteger a los trabajadores mexicanos citados, reclutados y seleccionados en México, a través de mecanismos acordados por el gobierno mexicano con un gobierno extranjero o por entidades privadas.

    En cuanto a la duración de las relaciones de trabajo (capítulo II), se adiciona el artículo 35, indicando que las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado; manteniéndose el mandato de la ley en vigor, en el sentido de que a falta de estipulación expresa, la relación será por tiempo indeterminado.

    Con el propósito de evitar interpretaciones diversas, en el artículo 39 se establece expresamente que si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia con la misma naturaleza.

    Se adiciona la ley con los artículos 39-A a 39-F, regulándose en el primero el denominado período de prueba, el cual debe hacerse constar por escrito y no podrá exceder de treinta días, salvo tratándose de trabajadores para puestos de dirección o gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de administración en la empresa o para desempeñar labores técnicas o profesionales, casos en los cuales dicho período podrá extenderse hasta ciento ochenta días.
    En ambos casos el período de que se trate es improrrogable; debiendo cubrirse al trabajador el salario de la categoría o puesto que desempeñe. De no acreditar competencia el trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, pagándose al trabajador las prestaciones devengadas a esa fecha.

    Congruente con el contenido del artículo 35, en el diverso artículo 39-B, se regula la relación o contrato de trabajo para capacitación, que también debe constar por escrito y tiene por objeto que dicho trabajador adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado; relación o contrato que tendrá una duración improrrogable de hasta de tres meses o hasta seis meses, cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección, labores técnicas o profesionales especializadas. De no acreditar competencia el trabajador se produce la consecuencia jurídica señalada en el párrafo anterior.

    Expresamente se señala en el artículo 39-E, que cuando concluyan los períodos de prueba o de capacitación inicial y subsista la relación de trabajo, ésta debe considerarse por tiempo indeterminado, computándose el tiempo transcurrido para efectos de antigüedad.

    A su vez, en el artículo 39-F, se regulan las relaciones de trabajo para labores discontinuas, en los casos de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año. Se dispone que los trabajadores que presten servicios bajo la modalidad indicada, tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al tiempo trabajado en cada período.

    Por otra parte, en lo que toca a las obligaciones del patrón substituido, conservando esencialmente la misma redacción, en el artículo 41 de la iniciativa, se precisa que el término de seis meses a que se refiere el numeral citado, se contará a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso en forma directa al trabajador y al sindicato.

    Por lo que se refiere a la suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo (capítulo III,
    Art. 42, fracción VIII), tratándose del caso de los trabajadores contratados bajo la modalidad de temporada, se adiciona como causa de suspensión temporal de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón, la conclusión de la temporada.
    Se agrega el artículo 42Bis, en el que se establece que en los casos en que las autoridades competentes determinen una contingencia sanitaria que implique la suspensión de labores, el patrón estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión.

    Se adiciona la última parte de la fracción II y se agrega la fracción V del artículo 43, señalándose que la suspensión de los efectos de la relación de trabajo, en el caso de la fracción VIII del artículo 42 que se adicionó, opera a la conclusión de la temporada, hasta el inicio de la siguiente; además se dispone en la citada fracción II del precepto invocado, tratándose de la prisión preventiva o arresto del trabajador, si este obtiene su libertad provisional, deberá presentarse a trabajar en un plazo de quince días siguientes a su liberación, salvo que se le siga proceso por delitos cometidos en contra del patrón o sus compañeros de trabajo.

    En la iniciativa se agrega en la fracción II, del propio artículo 47 (causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad del patrón), además de los clientes del patrón, a sus proveedores.

    Por otra parte, en la fracción VIII se precisa también como causa de rescisión de las relaciones de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: “Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.”

    En la fracción XIV Bis del artículo 47, se expresa que la falta de documentos referidos, debe ser imputable al trabajador.
    En el texto propuesto, se establece que el patrón deberá dar aviso de la rescisión, en forma indistinta, al trabajador o a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de dicha rescisión, proporcionando a la referida Junta, el domicilio y cualquier otro dato que permita la localización del trabajador, solicitando su notificación.
    Debe resaltarse que se faculta al patrón para dar el aviso en forma personal o por correo certificado. Igualmente, se faculta a la Junta de Conciliación y Arbitraje que reciba el aviso de rescisión, para hacerlo del conocimiento del trabajador por cualquier medio de comunicación que estime conveniente. Subsiste la disposición de que la falta de aviso al trabajador o a la Junta, por si sola bastará para considerar que el despido fue injustificado.
    Por otra parte, dada la naturaleza particular del trabajo doméstico (artículo 47, último párrafo), se establece que el aviso de que se trata no es exigible en los casos de los trabajadores domésticos.

    La Ley Federal del Trabajo en vigor dispone en su artículo 48, que en caso de rescisión de la relación de trabajo, el trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, la reinstalación en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario. Reinstalación o Indemnización. Esta iniciativa señala que el importe de la indemnización debe ser de tres meses, “a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago”.

    La iniciativa actual substituye la expresión “hasta por el término de un año, contado a partir de la fecha del despido”, por la diversa: “desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses”. Además, obliga al patrón a pagar los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de salario, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento de hacer el pago.

    Esta iniciativa establece un límite en caso de muerte del trabajador y señala que cuando dicha circunstancia ocurra, dejarán de computarse los salarios vencidos como parte del conflicto, a partir de la fecha del fallecimiento.
    Respecto a las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador, en la iniciativa se adicionan las fracciones II y IX del artículo 51, para incluir en la primera a cualquiera de los representantes del patrón, dentro del servicio, en la realización de faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos; y en la segunda, como causa de rescisión, exigirle al trabajador comportamientos que menoscaben o vayan contra su dignidad.

    TÍTULO TERCERO. CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO.

    Se modifica el texto del artículo 56 y se adiciona el 56 Bis. En el primer precepto se cambia el término “raza”, por “origen étnico”, “sexo” por “género”; se agrega “discapacidad“, “preferencia sexual”, “opiniones”, “estado civil”, “condición social”. En el segundo establece la obligación de los trabajadores de desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual recibirán la compensación correspondiente.

    Se define en qué consiste las labores o tareas conexas o complementarias.

    No cambia el concepto de salario que se contiene en el artículo 82 de la ley. Únicamente se adiciona el último párrafo del artículo 83, señalando que tratándose de salario por unidad de tiempo, el trabajador y el patrón podrán convenir el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal indicada en la ley.

    La iniciativa plantea modificaciones respecto del artículo 97, que dispone que los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, agregando como hipótesis en la cual sí es posible hacerlo: “IV pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados por el Instituto…, destinados a la adquisición de bienes de consumo duradero o al pago de servicios.
    Estos descuentos estarán precedidos de la aceptación que libremente haya hecho el trabajador y no podrán exceder del 10% del salario”.

    Se adiciona con un segundo párrafo al artículo 101 de la ley. Igualmente se modifica el texto de las fracciones V y VII, del artículo 110, relativo a los casos en los que sí es posible hacer descuentos en los salarios de los trabajadores: pago de pensiones alimenticias a favor de la esposa, hijos, ascendientes y nietos, decretado por la autoridad competente. En caso de que el trabajador deje de prestar sus servicios en el centro de trabajo, el patrón deberá informar a la autoridad jurisdiccional competente y a los acreedores alimentarios tal circunstancia, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la terminación de la relación laboral.
    En cuanto a la modificación de la fracción VII, del citado artículo 110, en congruencia con lo establecido en el artículo 97, se señala que los pagos en abonos para cubrir créditos garantizados por el Instituto a que se refiere el artículo 103 Bis, destinados a la adquisición de bienes de consumo o al pago de servicios, sí podrán ser objeto de descuento en los salarios de los trabajadores.

    TÍTULO CUARTO. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS PATRONES.

    Respecto al presente título, la iniciativa propone reformar el artículo 121, fracción II, adiciona con un último párrafo dicho precepto y adiciona con la fracción IV Bis, el artículo 127. La fracción II del artículo 121, establece la obligación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de dar respuesta por escrito (derecho de petición) a las observaciones que formule el sindicato titular del contrato colectivo o la mayoría de los trabajadores de la empresa, respecto de las declaraciones que presente el patrón a dicha Secretaría; señala como excepción a la citada obligación, que el patrón hubiese obtenido de la Junta de Conciliación y Arbitraje, la suspensión del reparto adicional de utilidades. En la nueva fracción IV Bis del artículo 127, se precisa que los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades.

    Se reforma el artículo 132, siguiendo el criterio de la ley en vigor, para precisar diversas obligaciones del patrón tendientes a prevenir accidentes y enfermedades del trabajo; facilitar el acceso y desarrollo de actividades a las personas con discapacidad; se obliga al patrón a hacer las deducciones y pagos correspondientes a las pensiones alimenticias; se precisa que los enteros que se hagan deberán practicarse en la institución bancaria acreedora o al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; se obliga al patrón a afiliar el centro de trabajo al instituto citado; y, finalmente se crea una obligación muy singular: “XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de 10 días con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos”.

    La Ley Federal del Trabajo en vigor, en su artículo 133, establece prohibiciones para los patrones. Tomando en cuenta la figura de la representación, así como sus alcances, en la iniciativa en forma explícita dichas prohibiciones también se atribuyen a los representantes de los citados patrones. Por otra parte, siguiendo los principios de no discriminación en materia laboral; de libertad sindical; de respeto a la mujer trabajadora; y de protección a los menores, se precisan y adicionan en las fracciones I, V, XII, XIII, XIV y XV del artículo de que se trata (las cuatro últimas de nueva creación), diversas prohibiciones; la primera, negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico, nacionalidad, género, preferencia sexual, edad, discapacidad, condición social, credo religioso, doctrina política, opiniones, estado civil, rasgos físicos, enfermedades no contagiosas, embarazo o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un trato discriminatorio. Se prohíbe inhibir de manera directa o indirecta el libre ejercicio de la libertad sindical e impedir el desarrollo de la gestión sindical.

    Se señala en qué consiste el hostigamiento sexual y con base en dicho señalamiento se prohíbe la realización de cualquier acto de esa naturaleza contra cualquier trabajador o persona en el lugar de trabajo y, finalmente, se prohíbe exigir la presentación de certificados médicos de ingravidez para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, así como despedir a una trabajadora o coaccionarla para que renuncie por estar embarazada.

    Se modifica y precisa, dentro de las obligaciones de los trabajadores, el contenido de la fracción II del artículo 134, “Art. 134….II.- Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal”

    Esta iniciativa modifica la fracción XI del artículo 135 (prohibiciones de los trabajadores).

    Señala que también son prohibiciones de los trabajadores: acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo. Precisa, para efectos de esta disposición, el significado y alcance del término acoso sexual.

    Se propone la adición del capítulo III Bis al presente Título, con la denominación “De la productividad, formación y capacitación de los trabajadores.” Reforma y adiciona los artículos 153-A a 153-C, 153-F, 153-F.Bis; 153-G a 153-I: 153-K; 153-L a 153-N; 153-Q; 153- S; 153-U y V y deroga el artículo 153-O, la fracción VI del artículo 153-Q y el artículo 153-R.

    En primer término se establece la obligación fundamental de toda empresa, cualquiera que sea su actividad, de proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento en su trabajo, que le permita elevar su nivel de vida y productividad.
    En los restantes preceptos del referido capítulo, se incluye y reitera en la parte relativa, la obligación del patrón de proporcionar elementos para elevar la productividad de la empresa; así como de la elaboración de planes y programas para ese objetivo, señalándose los requisitos que deben cumplir. Se agrega que la capacitación y el adiestramiento del
    trabajador deberán tener por objeto continuar o completar ciclos escolares de los niveles básico, medio o superior, así como evaluar y certificar las competencias profesionales adquiridas por él; circunstancia que origina la obligación del trabajador de presentar exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud de competencia laboral que sean requeridos.

    Se define el concepto de Productividad para efectos de la Ley (artículo 153-G).

    Se modifica la denominación y atribuciones de las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento a que se refiere el artículo 153-I. En su lugar surgen las Comisiones Mixtas de Productividad, Capacitación y Adiestramiento, las cuales vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, así como para llevar a cabo las acciones que a nivel de cada empresa deban realizarse en materia de productividad. También, se da la posibilidad de existencia en la empresa de dos comisiones, una de capacitación y adiestramiento y otra de productividad; quedando a cargo de las autoridades laborales la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones de las citadas comisiones.

    Por otro lado, se establece la posibilidad de existencia de Comités Nacionales de Productividad y Capacitación, los cuales tendrán el carácter de órganos auxiliares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, conforme a las facultades que deben realizar, en los términos del artículo 153-K de la iniciativa.

    Por último, en lo que se refiere al capítulo de que se trata, se establece que el “certificado de competencia laboral”, constituye el documento idóneo para acreditar que un trabajador tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior y que por consiguiente válidamente puede negarse a recibir capacitación; o bien presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia correspondiente.
    Se reforman los artículos 154,157 y 159 que corresponden al capítulo IV, Derechos de Preferencia, Antigüedad y Ascenso, del presente Título de la Ley en vigor.

    En el primer numeral se incluye a preferir por parte del patrón, en igualdad de circunstancias, a los trabajadores que hayan terminado su educación básica obligatoria, a los capacitados respecto de los que no lo sean; y, a los que tengan mayor aptitud y conocimientos para realizar un trabajo. En el artículo 157, se incluye dentro de la indemnización que solicite el trabajador, los interese a que se refiere el artículo 48 reformado.
    A su vez, en el artículo 159, se determina que las vacantes definitivas, las provisionales con duración mayor de treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertos por el trabajador que acredite mayor productividad, si fuera apto para el puesto; en igualdad de condiciones se preferirá al trabajador que tenga mayor capacitación o que demuestre mayor aptitud; al más asiduo y puntual; es decir, prevalecen las características anteriores sobre la antigüedad en el trabajo, contribuyendo así a la productividad y la capacitación de los trabajadores.

    TÍTULO QUINTO. TRABAJO DE LAS MUJERES.

    Esta iniciativa establece en el artículo 168, que en casos de contingencia sanitaria y siempre que así lo determine la autoridad competente, no podrá utilizarse el trabajo de mujeres en períodos de gestación o lactancia, sin perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.

    Se reforman las fracciones II y IV del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en el que se señalan los derechos de las madres trabajadoras. Recogiendo una práctica frecuente y en beneficio de ellas (fracción II), a solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita por médico del Instituto Mexicano del Seguro Social o del servicio de salud que otorgue el patrón o de un médico particular, tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe, se establece la posibilidad de transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo.
    Por otra parte, se limita el período de lactancia a que se refiere la ley, hasta por el término de seis meses; término en el cual la madre trabajadora tendrá dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, como se dice en la ley en vigor.

    En el caso de imposibilidad material para hacerlo, la iniciativa señala que previo acuerdo con el patrón, se reducirá en una hora la jornada de la mujer trabajadora, durante el citado término de seis meses.

    TÍTULO QUINTO BIS. TRABAJO DE MENORES.

    Esta iniciativa reforma el artículo 175, estableciendo categóricamente: “Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores”, en establecimientos industriales después de las diez de la noche; en expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato, cantinas o tabernas y centros de vicio; en trabajos susceptibles de afectar su moralidad o buenas costumbres; en labores peligrosas e insalubres que, por las condiciones físicas, químicas o biológicas del medio en que se presta o por la composición de la materia prima que se utiliza, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud física y mental de los menores.

    Congruente con la reforma indicada, en el artículo 176, se precisan qué labores, además de las que se indican la normas aplicables, deben considerarse como peligrosas e insalubres, ya sea tratándose de menores de catorce a dieciséis años de edad, como tratándose de menores de dieciocho años.







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